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La resolución Nº 4.393 fue firmada ayer por el presidente del Congreso, Roberto Acevedo, y la senadora Emilia Alfaro. En éste se emplaza al Ejecutivo a publicar estas leyes en la Gaceta Oficial a más tardar hasta el martes 22. Si Cartes no lo hace, lo hará el Congreso. El documento dice: “Los artículos constitucionales precedentemente mencionados establecen el deber del Poder Ejecutivo de hacer publicar las leyes promulgadas en la República, facultando al Presidente del Congreso para hacerlo en caso de incumplimiento de aquel”.
El 28 de abril último, el senador Fernando Lugo (Frente Guasu), como presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, solicitó al entonces titular del Congreso, Mario Abdo Benítez (ANR), que requiera al Ejecutivo la publicación de la ley Orgánica de los Tribunales Militares, el Código Penal Militar y el Código de Procedimiento Penal Militar en tiempo de paz y de guerra. Caso contrario, una de las dos cámaras del Congreso podrá publicarlas, según el Art. 213 de la Carta Magna, agregó el legislador.
El 4 de mayo último, Abdo Benítez solicitó la publicación de las reglamentaciones citadas, pero el Ejecutivo informó el 9 de junio que las leyes fueron publicadas en la revista Cerro Corá en 1981. El 23 de junio, el Senado aprobó el proyecto de resolución por el cual dispone la publicación en la Gaceta Oficial de las Leyes Militares del año 1980. La situación generó un roce entre poderes ya que esta resolución tiene un cariz de advertencia desde el Legislativo para con el Ejecutivo.