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El magistrado explicó los alcances del fallo emitido en la víspera, luego de que el Tribunal de Apelación anulara la sentencia de agosto pasado, que ya había declarado ilegal la medida de fuerza.
En esta oportunidad, Zarratea se reafirmó en que la huelga de la Federación de Educadores del Paraguay (FEP) -en la forma en que se desarrolló- “está prohibida por ley”.
Explicó que los maestros no apuntaban a presionar a su empleador -en este caso el MEC- sino a un tercero, es decir, el Congreso Nacional.
“Resulta que el tercero en este caso es un poder del Estado, que no puede ser presionado de esta forma. La ley lo prohíbe”, sostuvo, en contacto con Canal 100.
Recalcó además que la huelga no fue resuelta por sindicatos, sino por una federación integrada por representantes de sindicatos.
“La huelga fue promovida por una organización sindical de segundo grado, que es una federación, cuyos integrantes no son personas físicas sino sindicatos”, refirió.
Explicó que la medida de protesta -de esta manera- fue acordada no por los trabajadores directamente, sino por sus “representantes”.
“Nadie puede declarar la huelga por uno”, sostuvo.
Con este fallo, los maestros se exponen a ser cesados de sus cargos, en caso de que el MEC lo considere oportuno, según explicó el magistrado.
“Lo que acarrea la nulidad de la huelga es la pérdida del empleo”, aseveró.
Respecto a los descuentos en los salarios, ya aplicados por el ministerio, aclaró que esta medida es legal, independientemente de la declaración de la huelga.
“El no cobro de los haberes no tiene que ver con la calificación de la huelga como legal o ilegal. La ley habilita a no pagar por los días no trabajados”, reafirmó.