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Los docentes privados cobran menos de lo que legalmente está establecido; tampoco tienen antigüedad ni seguro social. En teoría la remuneración de los profesores se rige por la Ley Nº 1.725 del Estatuto Docente, pero en el práctica muchos no respetan esto y ni siquiera perciben una suma equivalente al salario básico profesional.
En tal sentido un maestro de grado debería ganar sueldo mínimo por turno, es decir, 1.964.507 guaraníes; mientras que los catedráticos reciben el pago de G. 18.425 por cada hora cátedra que cumplan, por un máximo de 200 horas al mes, sin embargo, esto tampoco se cumple según denuncian.
Teresa Pereira, docente del Centro Educativo de Villa Elisa, expresó que deberían ganar un sueldo mínimo, pero no llegan a dicha suma, así como tampoco cuentan con el Seguro Social del Instituto de Previsión Social, ni vacaciones ni aguinaldo, “o sea diciembre y enero estamos sin ningún tipo de beneficios. No tenemos”, dijo.
Esto choca contra lo que establece el Estatuto Docente en su artículo 25, donde queda establecido que las instituciones educativas privadas tomarán como base de remuneración el salario básico profesional del educador y fijarán su escala salarial según su propio escalafón.
Por su parte Gloria Tani, docente catedrática de Ciencias Sociales , dijo que son varios los colegios que ofrecen la mitad del salario que estipula el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), pero no ofrecen contrato, ni IPS y tampoco vacaciones pagas. “Las instituciones educativas están lucrando a costa de los docentes”, denunció.
Tani señaló además que “ni los gremios docentes y ni el MEC escuchan sus reclamos”.
Desde el Ministerio de Trabajo recordaron que es completamente ilegal que las instituciones privadas paguen menos del salario básico profesional a los docentes.
Cesar Segovia, viceministro de Trabajo, indicó que en el artículo 23 del estatuto se menciona que “el salario está equiparado al sector público y se toma como referencia lo que percibe el docente del sector público, por turno o cátedra”.
El MEC había tomando denuncias de trabajadores de la educación que no percibieron sus beneficios correspondientes, en ese marco la institución educativa San Sebastián fue sancionada con una multa de unos G. 7.000.000, “porque se comprobó el no pago del aguinaldo. Un colegio no le puede contratar al docente de febrero a noviembre”. Al respecto, instó a los maestros a denunciar este tipo de hechos.
Mientras que Eduardo Ojeda, de la Corriente Sindical Clasista OTEP-SN, expuso que la libertad de organización es mucho más hostil para el sector privado, porque las instituciones actúan con agresividad contra el derecho de la sindicalización del sector privado.