Desde mañana rige nuevo formato de cheques

Mañana, jueves 1 de junio, entra a regir un nuevo formato de cheques para clientes con cuentas corrientes bancarias. Tendrán un tamaño único, de tono claro, aptos para la lectura digital.

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El cambio se hace en virtud de la la Resolución Nº 3 del Banco Central del Paraguay, emitida el pasado 1 de enero del 2017.

De acuerdo a la disposición, las chequeras nuevas deben ajustarse a las especificaciones técnicas establecidas en el manual para la estandarización del formato del cheque físico. Durante el proceso de adecuación operativa, se mantendrán todas las condiciones normativas del cheque y su procesamiento.

 

¿Cómo serán? 

En cuanto a las dimensiones de los nuevos cheques, estos tendrán 175 mm de largo, 76 mm de ancho, y una tolerancia de más o menos un milímetro.

La resolución señala asimismo que las medidas expuestas se refieren exclusivamente al cuerpo de la hoja del cheque, sin incluir el talón de control de saldo de la chequera, ni el tamaño de los talonarios.

Dice que la entidad podrá definir el tipo de talonario que desee ofrecer a sus clientes, así como la dimensión del talón de control de saldo de sus chequeras.

No obstante, aclara que todos los tipos de cheques emitidos en el país, contra una cuenta corriente abierta en una entidad (cuentas corrientes, Gerencia, otros) tendrán un tamaño único.

Establece igualmente que el color de fondo del cheque debe ser de un tono claro, que permita una adecuada visualización de los lados del librador y las enunciaciones, ya sea a través de la lectura directa como de la lectura digital.

De acuerdo a las especificaciones de diseño del cheque, como las dimensiones de los campos, el logo del banco -por ejemplo- estará dentro de 48 mm por 12 mm; lo relativo al monto en números dentro de 5 mm por 7 mm, entre otros detalles que los bancos ya conocen de la propia resolución.

El entidad emisora central también dispone que los cheques con el formato anterior –antes de la presente resolución– podrán ser procesados a través de la Cámara Compensadora de Cheques (física o virtual) hasta el 31 de diciembre de 2017.

Cumplido dicho plazo, estos instrumentos de pago que fueran presentados para compensación deberán ser devueltos con el motivo de rechazo “No compensable, acudir al banco emisor”, debiendo los beneficiarios presentarlos al cobro en ventanilla del banco emisor.

Instruye asimismo a la Gerencia de Operaciones y Pagos la fiscalización del cumplimiento de la presente resolución y la comunicación a los estamentos que correspondan en caso de presentarse cheques que no cumplan las especificaciones establecidas.

Advierte que el incumplimiento de la norma por parte de las entidades obligadas será pasible de las sanciones establecidas en la Ley Nº 489/95.

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