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Con el argumento jurídico de que los propietarios de negocios deben ingresar al inmueble a desarrollar sus actividades comerciales y que no se puede repercutir en el fin por el cual se instaló el shopping en ese lugar, que cuenta con locales comerciales de explotación activa, el juez penal de Adolescencia Primer Turno, Marino Méndez, expuso que su Juzgado “es del criterio de que corresponde ordenar el libre funcionamiento del shopping Box y de todas las instalaciones que funcionan dentro del predio municipal”, dijo.
Además, el magistrado decretó la prohibición de innovar respecto al caso por parte de la intendencia municipal.
Así, el juez resolvió “bajo responsabilidad personal y caución juratoria“, del abogado defensor del shopping, Arcenio Erico Benítez Morel, ordenar como “medida cautelar de urgencia el libre funcionamiento del shopping Box y de todas las instalaciones que funcionan dentro del predio municipal individualizado como Finca Nº 2.925 de Ciudad del Este”.
Además, el magistrado comisionó a la actuaria judicial Claudina Godoy al lugar del conflicto, a fin de que esta dé cumplimiento a la medida y verifique la apertura del centro comercial, debiendo labrar acta de los hechos.
Recordemos que esta semana la Municipalidad de Ciudad del Este clausuró el Shopping Box, ubicado en el predio de las 9 hectáreas del microcentro, por falta de documentaciones.
Lo llamativo del caso es que nadie se hace responsable de la construcción y/o de la habilitación del centro de compras, que en los planos de la Comuna figura como estacionamiento.
María Ayala, quien se presentó como la administradora del shopping, fue notificada en varias oportunidades por el municipio a fin de que presenten las documentaciones pertinentes, pero que hasta la fecha hizo caso omiso. Teniendo en cuenta estos hechos, la Municipalidad dispuso la clausura del shopping hasta tanto dure la sustanciación del sumario y/o surjan elementos probatorios que ameriten el levantamiento de la medida.