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La resolución de los camaristas Manuel Silvio Rodriguez, Mirtha Gónzalez de Caballero y Fulvia Imelda Nuñez de Vera y Aragón indica que no hacen lugar a la recusación interpuesta por la abogada Ada Carolina Ferreira de Gorostiaga, ya que no se observa causal por la cual los magistrados deban apartarse de entender en la causa. El texto agrega que no resultan suficientes los argumentos para apartar a la jueza del presente proceso, pues no se ha demostrado la gravedad de los motivos que puedan incidir en su imparcialidad o independencia.
Los magistrados sostienen que ante algún cuestionamiento existen cuestiones procedimentales para las cuales la normativa otorga herramientas adecuadas a los efectos de subsanar dichas actuaciones, como por ejemplo una apelación contra la resolución de la magistrada.
En abril pasado, una de las abogadas, Ada Carolina Ferreira, había recusado a la jueza Edith Coronel por parcialidad manifiesta, desconocimiento de la ley y preopinión, por haber concluido la audiencia antes de que su defendido pudiera declarar y por supuestamente haber presentado una resolución impresa.
Con esto, finalmente concluirá la audiencia preliminar para el único acusado en la causa y se definirá si enfrenta o no juicio.
El caso se inició tras la denuncia presentada por la familia de una menor de 15 años, quien presuntamente fue abusada el 10 de noviembre de 2012 en el Club Centenario.