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Fernando Lugo Méndez, presidente del Congreso Nacional, se inclinó ayer a lo establecido en la Constitución Nacional al anunciar que convocaría a Rodolfo Friedmann, en lugar de Horacio Cartes y a Mirtha Gusinky, en lugar de Nicanor Duarte Frutos para el juramento de legisladores electos que se llevará a cabo mañana en la sede del Poder Legislativo.
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Los afectados, sin embargo, no se quedaron de brazos cruzados, ya que pasadas las 7:00 de este viernes, el expresidente Nicanor Duarte Frutos presentó un recurso de amparo ante el juzgado electoral del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) con el fin de jurar como senador activo.
Alrededor de las 10:00, imitando la acción de su correligionario, Enrique Riera Escudero, en su carácter de suplente de Horacio Cartes, hizo lo propio, argumentando que el suplente debe ser priorizado antes que el que sigue en la lista de senadores electos.
A las 11:00 de la mañana, el juzgado electoral a cargo de la Dra. María del Carmen Novais, resolvió en apenas tres horas hacer lugar a la medida presentada por Duarte Frutos, lo que obliga a Lugo, a que lo convoque para su juramento.
Ya pasado el mediodía, Rodolfo Friedmann también accionó. Presentó ante el TSJE un pedido de rechazo “in límine litis” (sin haber sido tratado) del amparo constitucional promovido por Enrique Riera esta mañana.
Este último pedido también fue resuelto en apenas unas horas, ya que alrededor de las 14:00 la magistrada Novais hizo lugar a lo solicitado por Friedmann. Rechazó por improcedente el pedido, argumentando que Riera ya pidió ayer que el TSJE lo reconozca como reemplazante del presidente Horacio Cartes, y mientras no se resuelva este primer pedido, no se podría dar una respuesta a la segunda solicitud.
Ya a las 16:00, el exministro de Educación, presentó un recurso de aclaratoria a la jueza Novais.
Los artículos de la Constitución que hacen referencia a los casos presentados en este escenario son el artículo 237, en referencia al caso de Cartes, que establece que el presidente de la República debe dedicarse con exclusividad a sus funciones y, por tanto, está imposibilitado de jurar.
La no convocatoria de Duarte, se basa en lo que dice el artículo 189, que expresidentes de la República electos democráticamente serán senadores vitalicios.
El artículo 10 del reglamento interno del Senado señala expresamente que los senadores excluidos antes de su incorporación serán sustituidos por otros en el orden de precedencia de la lista de titulares electos y no proclamados, lo que descartaría el perdido de Riera para ocupar la banca de Cartes.