Caminera cobra un recargo ilegal por pagos con tarjetas

La Patrulla Caminera cobra un recargo de 5% adicional en el pago de multas a través de tarjetas de crédito o débito, situación que es irregular e ilegal según las disposiciones legales.

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De manera ilegal la Patrulla Caminera está cobrando un 5% de más a los conductores que paguen las multas por infracciones de tránsito utilizando sus tarjetas de crédito o débito. Este recargo que aplican a las multas está prohibido por ley.

La Ley N° 5476 que establece normas de transparencia y defensa al usuario en la utilización de tarjetas de crédito y débito expresa en el Artículo 20 inciso 2 que está prohibido realizar cualquier cobro adicional al precio de venta de cualquier bien o servicio, cuando la forma de pago utilizada fuera la tarjeta de crédito o de débito. Sin embargo en la boleta expedida por la Patrulla Caminera disponen el pago de 5% adicional a las multas.

Consultado al respecto Luis Christ Jacobs, director de la Caminera manifestó que este porcentaje que se adiciona a la multa por el pago con tarjetas es el costo operativo que fue impuesto por la entidad procesadora. “Eso es lo que las empresas cobradoras nos exigieron (…) eso es lo que ellos van a cobrar y no tiene relación con la multa”, indicó.

En otro punto explicó que la Caminera siguió el proceso de cobro que fue establecido con el Ministerio de Hacienda a través de la Abogacía del Tesoro, el Ministerio de Obras Públicas (MOPC) y las empresas proveedoras del servicio. ”Eso es lo que Hacienda obligó a poner para que el interesado sepa. Si paga en el cuartel, el pago con las tarjetas igual tiene un recargo del 5%”, comentó.

Por su parte, Juan Marcelo Estigarribia, ministro de la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco) señaló que los cobros adicionales por pagos con tarjetas están prohibidos.

Aclaró que si bien la Caminera tiene estipulado ese porcentaje de costo del servicio de cobro, este no debe ser volcado al consumidor. “Es totalmente ilegal, el costo (del servicio de cobranza) es algo que debe asumir la Policía Caminera, debe tener dentro de su prepuesto y no transferirlo a la ciudadanía”, insistió.

Destacó que la situación amerita un sumario tanto a la Caminera como a la entidad que ofrece el servicio de cobranza para que expliquen los motivos por los que aplican este cobro en violación de lo establecido por la ley.

Requeridos al respecto, desde la empresa Bancard respondieron a través de un comunicado. “Para el pago de multas de tránsito por parte de usuarios utilizando los medios de pagos citados, se ha establecido éste como un servicio brindado por la procesadora (…) Este servicio es brindado por Bancard con carga al usuario debido a que por razones regulatorias el Ministerio de Obras Públicas, en este caso ente emisor de la multa de tránsito, no está habilitado a pagar las comisiones establecidas en cumplimiento de las normas de las marcas internacionales relacionadas a los servicios de pagos con tarjetas de crédito y débito”, explican en el mismo.

La versión del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones coincide por lo expresado por Bancard. Carlino Velázquez, Viceministro de Administración y Finanzas se refirió al respecto. “Este es un servicio que el consumidor puede tomar o dejar pero el pago es obligatorio”, sentenció. También explicó que como organismo estatal la Caminera no está habilitada a pagar la comisión por el servicio del empresa procesadora y como es una facilidad al infractor, se le imputa a este el recargo.

Sobre la afirmaciones del titular de la Sedeco, quien indicó que el cobro de un adicional por pago con tarjetas es ilegal, Velázquez argumentó que “está equivocado y que demasiadas veces ya se insistió sobre el tema sin llegar a una conclusión”.

Consultado sobre sí se realizó una reunión con autoridades de la Sedeco para unificar criterios con relación al tema, indicó que no lo hicieron.

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