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"En un juicio oral que se desarrolló, el tribunal dictó una sentencia condenatoria, pero el Código Procesal Penal dispone la posibilidad que esa sentencia condenatoria sea plasmada por escrito, en forma íntegra, en un plazo no mayor de 5 días”, explicó Fernández, uno de los fiscales del caso “niñera de oro”. La lectura de la sentencia es apenas un trámite administrativo en que los jueces dejan sentado por escrito los argumentos de la condena en este caso.
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También le refrescó la memoria al condenado Víctor Bogado, que dijo que nunca “chicaneó” su caso, rememorando que la Fiscalía desde inicios de 2014 estaba lista para llevar el caso a juicio oral y mediante incidentes se logró dilatarlo hasta más de 5 años.
“El Ministerio Público inició una investigación y formuló acusación dentro del plazo ordinario de 6 meses, es decir que, a comienzos del año 2014, la Fiscalía estaba en condiciones de realizar un juicio oral y público. Si se realizó recién este año es por los planteamientos que provenían de las representaciones de las defensas”, dijo categóricamente el agente fiscal.
Igualmente, el Ministerio Público, por las diversas pruebas recolectadas y expuestas en el juicio, insiste en que Bogado incluso debió ser condenado por estafa. Por ello, analizarán presentar apelación, para lo cual tienen 10 días desde la presentación de la sentencia escrita, que será mañana.
“Nosotros vamos a analizar la sentencia y, si bien no quiero dar una postura definitiva, indudablemente que no estamos de acuerdo con los términos de la misma”, dijo. Reiteró además su sorpresa por el hecho de que no se admitió la estafa, ya que si hubo delito de cobro indebido de honorarios, también por consiguiente se produjo la estafa.
Según lo que mencionó el Tribunal el día del juicio, supuestamente no se pudo probar el daño patrimonial, pese a que Quintana cobró más de G. 70 millones de salarios en Itaipú, mientras en paralelo lo hacía también en Diputados.