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El proyecto de ley sancionado modifica la Ley N° 879/1981 del “Codígo de Organización Judicial y amplía sus disposiciones y las funciones de los juzgados de paz”. De esta manera se amplían las funciones de los jueces de paz en el ámbito Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia.
El diputado Eber Ovelar (ANR, disidente) explicó que muchas veces las víctimas de violencia doméstica no reciben respuestas de la comisaría jurisdiccional y entonces deben trasladarse hasta las sedes del Ministerio Público para hacer una denuncia, imposibilitando la misma por el costo y el tiempo que implica el traslado.
La norma también permitirá que los jueces de paz tengan la facultad de disponer las medidas de protección urgentes para niños en casos de vulnerabilidad.
Se establece un aumento del 90% en el salario de los jueces de paz. Los diputados aceptaron la modificación del Senado bajo el argumento de que se les otorgará una mayor competencia.