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La secretaría de Estado reitera que todas las gestiones son gratuitas y que no tienen costo alguno para el adulto mayor. En ese sentido, insta a la ciudadanía, sobre todo a afectados y allegados, a presentar denuncias concretas ante las instituciones judiciales correspondientes.
Aclara igualmente que la pensión mensual se transfiere en calidad de subsidio no reembolsable, intransferible, inembargable y no acumulable. Tampoco se pagan haberes atrasados por meses no cobrados por el beneficiario.
Informa asimismo que los autorizados a tramitar y procesar documentos y remitirlos al Ministerio de Hacienda son aquellos designados por resolución, conforme a lo establecido en la Ley en su Artículo 8º, y que actúan de responsable y nexo entre Hacienda y la comunidad de cada distrito.
El beneficio estatal es exclusivamente para las personas mayores de 65 años de edad en situación de pobreza, paraguayo natural, que no reciben otras pensiones, jubilaciones u otros ingresos.
Dice que los adultos mayores que deseen beneficiarse con la pensión alimentaria deben inscribirse en la municipalidad de la comunidad donde viven y aguardar en su domicilio la visita de los censistas acreditados por el ministerio.
Hacienda recuerda que los resultados de los censos socializados se encuentran disponibles en la página web institucional en la siguiente dirección http://www.hacienda.gov.py/portalspir/censolamdpnc.jsp.