Día Mundial del Síndrome de Down: denuncian que buses no respetan el pasaje gratuito

Según lo estableció la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2011, el 21 de marzo se conmemora el Día Mundial del Síndrome de Down, con el objetivo de resaltar la importancia de la autonomía de las personas con esta condición. Pero, este y otros días, las personas de nuestro país padecen humillaciones e incomodidades, como el caso de Claudia, a la que a diario la línea 23 le niega el pasaje gratuito, beneficio que tiene por ley.

Claudia tiene el carnet que constata su derecho al pasaje libre, pero aunque lo muestra al subirse a la línea 23, igual le cobran el pasaje.
Claudia tiene el carnet que constata su derecho al pasaje libre, pero aunque lo muestra al subirse a la línea 23, igual le cobran el pasaje.Gentileza

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Solo una fecha al año, el 21 de marzo, todos recordamos el Día Mundial del Síndrome de Down, una oportunidad para fomentar la conciencia ciudadana y resaltar la importancia de la autonomía de las personas con esta condición.

Pero, lo cierto es que a las personas con Síndrome de Down no les sirve de mucho la conmemoración si no hay toma de consciencia, pues los restantes 364 días del año, pasan por numerosas humillaciones, como el caso de Claudia Piñánez Benítez (31), a quien la Línea 23 le niega el pasaje gratuito, pese a que tiene el carnet proveído por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las personas con Discapacidad (Senadis). Además, tiene un certificado de discapacidad, que le fue entregado en la misma institución, y aun así no le reconocen su derecho a viajar en forma gratuita.

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En el carnet figura la fecha de vigencia del carnet y los datos personales de Claudia Piñánez Benítez.
En el carnet figura la fecha de vigencia del carnet y los datos personales de Claudia Piñánez Benítez.

Qué dice la ley 6556/2020

La Ley 6556/2020 dice claramente que las personas con discapacidad (certificadas por la Senadis) deben acceder al pasaje gratuito en el transporte público terrestre en todo el país, sin excepción. La normativa establece taxativamente en su artículo 1° que: “Las empresas de transporte colectivo terrestre de media, corta o larga distancia; urbanos e interurbanos, dentro del territorio nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad”.

Igualmente, el Decreto Reglamentario 4821 dispone específicamente en su artículo 6°: “Los transportistas de los vehículos de las empresas de transporte no podrán negarse a transportar gratuitamente a las personas con discapacidad ni a sus acompañantes, siempre que el beneficiario acredite debidamente su condición con la exhibición del certificado emitido por la Senadis”.

Como si no fuera suficiente, aclara que los documentos válidos para acceder al beneficio son los carnets de la Senadis (azul para personas ciegas y naranja para el perfil general), y que este documento es el equivalente al certificado, pues así se brinda mayor comodidad al usuario, en lugar de que esté circulando permanentemente con su certificado en papel.

A qué se exponen las empresas que incumplen

En el carnet se consignan los datos personales como la fecha de caducidad del documento, la fotografía del beneficiario y cuenta con la firma de las autoridades de la Senadis.

Las empresas que no cumplan con la ley, se exponen a las sanciones previstas en los artículos 7° y 8° del Decreto Reglamentario, donde se señala que en caso de incumplimiento las empresas pueden recibir multas de hasta 50 jornales mínimos. En caso de reincidencia, la multa para los transportistas asciende a 200 jornales mínimos. Esta sanción deberá ser aplicada por el Viceministerio del Transporte.

La señora Zoraida relató a ABC Color que la pasa bastante mal junto a su hija Claudia todos los días, cuando ambas deben viajar en bus para llevarla a sus terapias a la Senadis o a sus actividades en la Secretaría Nacional de Deportes (SND).

Lo que más le molesta a Zoraida, es que su hija comprende su entorno y el momento de incomodidad que le hace pasar el chofer al no otorgarle la gratuidad, siendo que cuenta con el carnet.

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Solo esta empresa les niega la gratuidad, denuncia

“El 23 y el 33 que son de la misma empresa, son los que no reconocen la gratuidad; en los demás transportes cumplen la ley sin problema”, expresó Zoraida.

Relató que Claudia cuenta con el documento desde hace más de dos años; sin embargo, cada vez que van a viajar en la línea 23, ella y su madre se ven obligadas a gastar un dinero que no deberían en pasaje.

Zoraida comprende que los conductores son empleados y no tienen culpa de la orden que les da el patrón. En este sentido, siente empatía, porque los mismos conductores le han dicho que debe pagar, o, de lo contrario, pagan ellos de sus bolsillos, ya que la empresa reclama ese pasaje en la rendición del día.

“Yo les digo que no vamos a pagar, ni él (el chofer) ni yo, porque es una ley, y me bajo nomás del colectivo”, continúa contando la madre de Claudia, que usa transporte público diariamente para el traslado de la joven.

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Estas son las ocasiones en que madre e hija se ven en la obligación de caminar numerosas cuadras con el extremo calor, para poder tomar otro colectivo que sí cumpla la ley, y las lleve a las terapias.

Intentó dialogar con la empresa de transporte TTL, para explicarles que deben cumplir con la ley, pero la única respuesta que recibió es que ellos solo dan gratuidad a las personas no videntes y sus acompañantes.

“Varias veces reclamé, pero dicen que se le tiene que sancionar a la empresa. El Viceministerio de Transporte debe poner fiscalizadores que verifiquen esta irregularidad, pero no lo hacen”, reclamó la entrevistada.

Este es el certificado de discapacidad que le entregaron a Claudia Piñánez en la Senadis.
Este es el certificado de discapacidad que le entregaron a Claudia Piñánez en la Senadis.

Buses de larga distancia no objetan gratuidad

La madre de Claudia contó que incluso llegó a viajar al interior del país en buses de larga distancia, y las empresas apostadas en la Estación de Buses de Asunción le expiden el pasaje gratuito para su hija sin ninguna objeción, una vez que muestra el carnet. “Solamente la línea 23 es la del problema”, remarcó.

El carnet para personas con discapacidad se gestiona en la Senadis. La persona que lo necesite primero debe obtener el certificado de discapacidad, que se expide en el mismo lugar. Según nos contó Zoraida Benítez, el trámite es rápido.

Este 21 de marzo, en una jornada más de conmemoración del síndrome de Down, esta madre paraguaya pide no solo discursos emotivos, sino hechos reales que respalden a los derechos humanos de estas personas, y que les garanticen que el transitar de su vida sea un poco más fácil, en medio de las numerosas precariedades que tiene nuestro país.

Nos pusimos en contacto con la empresa de transporte TTL, que opera la línea 23, y les solicitamos su versión ante esta denuncia, pero aún no brindaron respuesta. Aguardamos su comunicación a la redacción de ABC Color para ejercer su derecho a réplica.

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