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A través de la Acordada N° 1179, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aprobó el protocolo de implementación gradual de las tobilleras electrónicas, elaborado por la Oficina Técnica Penal, a cargo de la ministra Carolina Llanes. La máxima instancia judicial dio a conocer el documento que será circularizado a todos los juzgados de Garantías.
La implementación de los dispositivos electrónicos de control se iniciará en el fuero penal ordinario de la Capital, en procesos penales en etapa de investigación; y será aplicada por los jueces de Garantías en la imposición del arresto domiciliario a aquellos que afronten procesos por el hecho punible de violencia familiar, según resalta el protocolo aprobado.
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El documento puntualiza que los dispositivos electrónicos de control serán destinados en la fase inicial a los procesados que cumplen prisión preventiva, cuyos casos estén siendo tramitados en juzgados de Garantías de la capital y cuyos domicilios sean fijados en la ciudad de Asunción.
También para aquellos imputados o imputadas en cuyos procesos se solicite en el primer requerimiento fiscal la medida cautelar de arresto domiciliario dentro de Asunción y las causas estén bajo la competencia de jueces de Garantías de la Capital.
El protocolo insta a los jueces de Garantías que la aplicación de las tobilleras electrónicas sea para las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios, en estado de vulnerabilidad, insolventes debidamente comprobados, con defensa pública y que pertenezcan a grupos vulnerables tales como internos con enfermedades graves, de la tercera edad, con trastornos mentales e internas con hijos menores de un año.
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Plazo de uso de tobilleras electrónicas
El protocolo de implementación gradual de dispositivos electrónicos de control establece en uno de los puntos que los jueces penales de Garantías deberán determinar en sus resoluciones un plazo de duración del uso de las tobilleras electrónicas.
La acordada N° 1779 que aprueba el protocolo de implementación de las tobilleras electrónicas fue firmada por los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera, Alberto Martínez Simón, Gustavo Santander Dans y César Diesel Junghanns.
Víctimas deben ser escuchadas
El protocolo de implementación de tobilleras electrónicas establece que los jueces penales de Garantías deberán siempre y en todos los casos escuchar a las víctimas e informarles de todas las actuaciones referentes al dispositivo de control colocado al imputado, debiendo además notificar todas las audiencias y resoluciones que guarden relación con las mismas.
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Asimismo, el documento resalta que al momento de analizar la posibilidad de aplicar el uso de la tobillera electrónica los jueces de Garantías deberán en todos los casos tener en cuenta la gravedad del hecho punible, la historia o antecedentes penales del imputado o imputada, la necesidad de proteger a la víctima y la opinión de esta en todo momento, de conformidad con lo prescrito en la ley de implementación del Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control.
Capacitación de jueces
El protocolo aprobado por la Corte Suprema de Justicia señala que se debe organizar a través de la Oficina Técnica Penal, que está bajo la coordinación de la ministra Carolina Llanes, la capacitación de los jueces penales de Garantías sobre las disposiciones legales y el protocolo de implementación de las tobilleras electrónicas.
Dicha capacitación contará con el apoyo de los técnicos y expertos de la Policía Nacional y de los demás miembros del Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control (Simdec), de acuerdo a lo que resalta el documento divulgado por la Corte.
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