Acusan ante el Jurado a jueza de CDE por presunto mal desempeño de funciones

La jueza en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este, Victoriana Cáceres Duarte, fue acusada por presunto mal desempeño de funciones por parte de la abogada Miriam Vanesa Rodríguez. En el escrito presentado ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), la letrada señala que la magistrada dio intervención en una convocatoria de acreedores a una firma que no formaba parte del proceso, un tiempo después de denegarle la intervención por dicho motivo.

Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados: Enrique Berni, Alicia Pucheta (presidenta), Orlando Arévalo y Alejandro Aguilera.
Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados: Enrique Berni, Alicia Pucheta (presidenta), Orlando Arévalo y Alejandro Aguilera, en la sesión del 14 de noviembre de 2024.gentileza

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La profesional que presentó la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) señala en su escrito que tiene intervención en el expediente N° 83/2015 caratulado “Grupo Buen Futuro y Otros s/ convocatoria de acreedores”, y el expediente N° 266/2024 “César Sirtoli y otros s/ acción revocatoria en grupo Buen Futuro y otro s/ convocatoria de acreedores”, que están a cargo de la jueza en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este, Victoriana Cáceres Duarte.

Específicamente, la Abg. Miriam Rodríguez relata que el 10 de octubre de 2024 se presentó el abogado Marcos Rubén Fernández, representante de la firma Tecnomyl a solicitar la caducidad de las medidas cautelares decretadas en la convocatoria de acreedores, en donde no es parte, es decir, nunca se presentó como acreedor.

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Agrega que la jueza acusada había resuelto por Auto Interlocutorio N° 608 de fecha 15 de diciembre de 2020, En esta resolucion expresó que la firma Tecnomyl SA, a la cual representa el mencionado abogado, “no es parte en este juicio concursal, por tanto no cuenta con legitimación alguna para presentarse en el citado juicio.”

Al respecto Rodríguez agrega que dicha situación indica que la magistrada acusada le dio intervención al profesional abogado que no es parte en el juicio, después de que ella misma dijera que no lo es en una resolución. Es decir, “en pocas palabras borró con el codo lo que escribió con la mano”, resalta Rodríguez en parte de su acusación.

Jueza acusada violó la ley, según abogada

Siguiendo con el relato la Abg. Miriam Rodríguez señala que en fecha 6 de noviembre de 2024, luego de más de 2 meses de dictada la resolución de la Cámara de Apelaciones, se recibió el expediente en el Juzgado de origen, donde la jueza acusada Victoriana Cáceres dictó el cúmplase en dicha convocatoria, luego de varios pedidos de desglose de parte de la hoy acusadora, para dejar sin efecto la presentación del abogado Marcos Rubén Fernández, por las razones de que no es parte en el proceso.

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Incluso, la letrada señala que ha solicitado la remisión del expediente a la justicia penal, pero aun así la citada jueza en lo Civil y Comercial de Ciudad del Este dictó resolución decretando la caducidad de las medidas cautelares, por A.I N° 1036 del 15 de noviembre de 2024, “violando el trámite incidental del código de forma que se le debió haber dado a semejante pedido, que es el traslado a todas las reales partes en este juicio, incluyendo a la sindica y la fiscal civil”, destaca otra parte del escrito de acusación.

“Es tan grave la resolución de la jueza acusada que no midió las consecuencias de sus actos, pues ¡SE ESTABA SOLICITANDO EL LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SOBRE LOS INMUEBLES PRESENTADOS EN LA CONVOCATORIA, GARANTÍA DE LA MASA CONCURSAL!!!. Dejando al descubierto y sin patrimonio la convocatoria, donde los bienes inmuebles serian la garantía que harían frente a las deudas reconocidas en la convocatoria”, señala la Abg. Miriam Rodríguez.

Añade que, es más grave aún, que su parte ha promovido demanda ordinaria de acción revocatoria por fuero de atracción al juicio de convocatoria caratulado: “Cesar Sirtoli y otros s/ acción revocatoria en Grupo Buen Futuro y otros s/ convocatoria de acreedores”, en fecha 19 de setiembre de 2024, solicitando las medidas cautelares sobre los inmuebles que forman parte del patrimonio de la convocatoria.

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Más irregularidades atribuidas a jueza acusada

De acuerdo al escrito de la abogada acusadora, luego de dos urgimientos, en fecha 18 de noviembre de 2024, después de recusada con causa en fecha 15 de noviembre, dictó providencia de inicio del juicio y rechazando las medidas cautelares solicitadas, cuando la ley de quiebras le obliga a adoptar todas las medidas de seguridad para salvaguardar el patrimonio de la masa concursal.

Al respecto Rodríguez puntualiza que “como se podrá verificar en el expediente, he resaltado que la magistrada es la responsable por salvaguardar el patrimonio de la convocatoria, de acuerdo a lo que dispone la Ley de Quiebras, en su Artículo 16.”

La letrada añade que aun más grave es que la jueza Victoriana Cáceres Duartes levantó las medidas cautelares que pesaban sobre los inmuebles de la convocatoria y al mismo tiempo rechazó el pedido de medidas cautelares en el juicio de acción revocatoria que se habían solicitado sobre los mismos inmuebles.

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Rodríguez afirma que con su actuar la magistrada acusada ha dejado al descubierto la convocatoria sin un patrimonio que respalde la misma y dando la posibilidad a la firma Tecnomyl, de transferir todos los inmuebles objeto del fraude en contra de los acreedores. Finalmente, señala que todas las actuaciones de la jueza en lo Civil y Comercial de Ciudad del Este “hacen presumir que tiene algún interés personal en el expediente.”

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