Cargando...
Gustavo Benítez, director jurídico de la Sedeco, explicó cuál es la interpretación de la institución con respecto a la resolución número 1470/2024, por la cual se reglamenta la ley 5427/2015.
El funcionario dijo que si bien existe una normativa que está pensada para el tema de las tarjetas de crédito y otros medios digitales de pago, en la cual la Sedeco es autoridad de aplicación, así como el Banco Central del Paraguay (BCP), esta ley dispone en uno de sus artículos la prohibición de realizar cualquier cobro adicional al precio de venta de cualquier bien o servicio cuando la forma de pago sea tarjeta de crédito o débito.
Lea: ¿Por qué volvieron a subir peajes? Esta es la excusa del MOPC
El peaje no es un bien, sino un tributo
Sin embargo, Gustavo Benítez aclaró que cuando hablamos de peaje, no estamos hablando de ningún bien o servicio, sino que se configura como el pago de un tributo que tiene que ver con la infraestructura pública", abogado Gustavo Benítez, director jurídico de la Sedeco.
En este sentido, concluyó que sí es válido el pago diferenciado de peajes con tarjeta. Esto, teniendo en cuenta que la normativa “no tiene como objetivo incentivar la utilización de medios de pago electrónico”.
Sobre el punto, el abogado argumentó que la naturaleza del tributo se distingue de la venta común de un bien, por tanto, no habría impedimento para que en los peajes incrementen el precio al utilizar pago electrónico.
Lea: Cobro en peajes es inconstitucional y “se roba” con esto, denuncia ingeniero
“Están exentos” de la prohibición
Si bien es consciente de que la cuestión genera suspicacia, el director jurídico se mantuvo en que desde la Sedeco entiende que los peajes “están exentos”, de la prohibición, y, por tanto, sí pueden cobrar más por pagos digitales.
Con respecto a los otros negocios que sí comercializan bienes y servicios, el funcionario sí enfatizó que no deberían cobrar ningún monto adicional.
Comercios sí tienen prohibido incrementar precios
Lo que vendan se tiene que ofrecer al “mismo precio tanto en efectivo como con cualquier medio de pago, incluido el QR”.
En todo caso, para no generar pérdidas de capital, recomendó a los comercios ajustar su estructura de costos de tal forma a que lo que cobren, ya sea en efectivo o con tarjeta, ya esté incorporado a los gastos que tienen.