Corte Suprema y Ministerio Público declaran asueto este 24 y 31 de diciembre

La Corte Suprema de Justicia declaró asueto judicial los días 24 y 31 de diciembre. La resolución fue emitida por el Consejo de Superintendencia, con motivo de las festividades de Navidad y Año Nuevo. Igual disposición adoptó el Ministerio Público, basándose en el decreto de la Presidencia de la República.

Fachada del Palacio de Justicia.
El Poder Judicial también se adherirá a la medida de asueto los días 24 y 31 de diciembre.Gentileza

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Por medio de la resolución N° 2865, la Corte Suprema de Justicia comunicó que se declara asueto judicial para los días 24 y 31 de diciembre, de tal forma a permitir que el funcionariado se quede en casa a compartir con la familia, con motivo de las festividades de Navidad y Año Nuevo.

Así lo publicaron este lunes a través de sus redes sociales, así como también en el portal web oficial de la Corte Suprema de Justicia.

Por consiguiente, avisan también a las personas que se postergarán temporalmente los plazos procesales para todas las circunscripciones judiciales de la República.

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Específicamente, la máxima instancia judicial dispuso que los plazos procesales y registrales que vencen el 24 de diciembre fenezcan el 26 de diciembre, y los que vencen el 31 de diciembre del 2024 fenezcan el 3 de febrero del 2025.

Ministerio Público tendrá asueto, con excepciones

Otra institución relacionada con el ámbito judicial que también anunció asueto para los días 24 y 31 es el Ministerio Público.

Por medio de la resolución número 5305 funcionarios nombrados y contratados de la Fiscalía podrán ausentarse en las vísperas de Navidad y Año Nuevo.

Más info: Declaran asueto para funcionarios públicos el 24 y 31 de diciembre

Aclaran que se basan en el decreto 3131 del 20 de diciembre, de la Presidencia, y argumentan el asueto en la importancia cultural y social que tienen las festividades de fin de año.

En este sentido, apuntan a promover que sus funcionarios disfruten de un ambiente de celebración y reflexión en el seno de sus familias.

Excepciones al asueto

No obstante, existen áreas que estarán exceptuadas del asueto. Estas son: las unidades penales de turno, las unidades de niñez y adolescencia de turno, las oficinas de denuncias penales del Ministerio Público, los funcionarios y contratados asignados a las dependencias de apoyo técnico, fiscal que se encuentren al llamado por tareas de turno.

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