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El Tribunal de Sentencias, presidido por el juez Víctor Alfieri e integrado por Olga Ruiz y Celia Salinas, condenó al suboficial Ramón Balbino Vargas Espinoza y al suboficial Félix Antonio Ayala Caballero, a 4 años y 6 meses de pena privativa de libertad para cada uno, tras probarse en juicio la responsabilidad de ambos en la alteración en 11 oportunidades del prontuario informático de José Bogado Quevedo, hecho que se constató luego de que esta persona haya sido herida en el Ja’umina Fest, en San Bernardino, el 30 de enero de 2022.
Los miembros del Tribunal declararon probados los hechos punibles de frustración a la persecución y ejecución penal, así como la alteración de datos relevantes para la prueba y el acceso indebido a sistemas informáticos, por parte de los ahora condenados, a través de sus respectivos usuarios en el sistema policial.
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Es preciso recordar que Féliz Ayala habría llevado a cabo las alteraciones al prontuario de Bogado Quevedo, un narcotraficante condenado en Brasil a 17 años, 3 meses y 903 días multa, mientras cumplía funciones en el Departamento Judicial de Asunción, en tanto que el policía Ramón Vargas las efectuó cuando se encontraba destinado en la Dirección de Policía de Ñeembucú.
El Ministerio Público estuvo representado en el juicio por el agente fiscal Francisco Cabrera, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción.
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Policía intentó desmarcarse de acusación
En la parte final del juicio, Ramón Vargas declaró que la última modificación hecha desde su perfil en el sistema informático policial al prontuario de José Bogado, fue un error. Añadió sobre las anteriores, que “no recordó en qué momento las hizo porque diariamente cargaba 20 oficios o más”. Insistió en otro momento con que “no realizó las otras modificaciones”, dando a entender que otro pudo haberlo hecho con su usuario, de acuerdo con lo que contó a ABC Color el fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción, Francisco Cabrera.
Ante lo indicado por Vargas, el fiscal Francisco Cabrera incidó que a través de las pericias hechas al software policial, Vargas “está identificado y el sistema arrojó que las modificaciones se hicieron desde las computadoras de ellos (de Vargas y de Ayala, respectivamente), que tenían en sus dependencias.
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Datos del supuesto narco baleado en Ja’umína Fest fueron modificados
Mediante averiguaciones del Ministerio Público se constató que, el 3 de enero de 2019, el Departamento de Informática de la Policía recibió el Oficio N° 4, del 27 de diciembre de 2018, a través del cual el juez interino del Juzgado Penal de Garantías N° 9 de Asunción, Elio Rubén Ovelar Frutos pidió la detención con fines de extradición de José Luis Bogado Quevedo.
Ese oficio fue cargado al sistema informático policial el 4 de enero de 2019, a través del operador con usuario “medinas”, todo lo dispuesto por el órgano judicial. El operador llenó así el campo correspondiente de la causa: el dato de “detención con fines de extradición” y en el campo correspondiente a estado con el dato de “prisión preventiva-captura”.
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Un año después, el 6 de enero de 2020, el suboficial superior Ayala Caballero, del Departamento Judicial de la Policía, operador con usuario “ayalaf”, ingresó para consultar los datos de Bogado Quevedo y modificó las informaciones, correspondientes al campo de estado, cambiando la “prisión preventiva-captura” a “antecedentes”.
También modificó el de número y fecha de nota, cambiando “n.° 4 de fecha 27 de diciembre de 2018″ por “n.° 1206 de fecha 12 de diciembre de 2019″, y el juez “Elio Rubén Ovelar” a “Rolando Duarte”.
El 20 de mayo de 2020, nuevamente el operador policial “ayalaf” ingresó a la ficha de Bogado Quevedo e introdujo el dato: S (que significa sobreseimiento) en el campo correspondiente, además en el campo de sentencia, consignó: “AI 1.185″.
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Policías alteraron prontuario usando oficios viejos
El 28 de agosto de 2020, otra vez el suboficial superior Ayala Caballero, con el usuario “ayalaf”, ingresó por última vez a la ficha de Bogado Quevedo, esta vez para volver a cargar los datos originales, es decir, “nota n.° 4 de fecha 27 de diciembre de 2018; juez: Elio Rubén Ovelar Frutos; estado: detención preventiva-captura”.
Esta vez, el suboficial Vargas Espinoza, con usuario informático “vargasr”, ingresó el 23 de abril de 2021 desde la Dirección de Policía de Ñeembucú y modificó la ficha de consulta de Bogado Quevedo, cambiando a la “nota n.° 212 de fecha 20 de abril de 2021″, la causa a: “incumplimiento del deber legal alimentario; la sentencia: “AI 644″; la situación: “E” (significa extinción de la acción); las observaciones: “homologar acuerdo conciliatorio – extinción de la acción penal”; número de causa: “49-2006″; y el estado: “antecedentes”.
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Ese mismo día, el uniformado “vargasr” modificó la carga hecha previamente, cambiando las observaciones a: “corresponde al orden 1 (uno)” y la situación a: “N” (que significa nulidad). Todas las alteraciones hechas al prontuario del sistema informático policial, fueron utilizando oficios judiciales viejos.