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El Tribunal de Cuentas de la segunda sala dictó la providencia con fecha de hoy y firmada por el juez, César Emilio Diesel Marín, en la que emplaza a la Municipalidad de Asunción a responder en diez días el pedido realizado por el abogado Enrique Wagener, quien solicitó una medida cautelar para frenar el proceso de subasta de 6 hectáreas de tierras municipales en la Costanera Norte que se realizaría el 18 de diciembre.
Sin embargo, en dicha providencia solo indica que se corra traslado a la adversa, que es la Municipalidad de Asunción, para que conteste en el plazo establecido y no establece ninguna medida cautelar para evitar la subasta.
Wagener señaló que todo el proceso está cargado de irregularidades que podrían acarrear su nulidad, lo que generaría un perjuicio económico para la Municipalidad de Asunción, ya que si se realiza y luego se anula, el comprador “podría recurrir (ante la Justicia) y exigir el pago total, más el 50%” del precio, en concepto de indemnización. Wagener advirtió además que existen irregularidades en el porcentaje de comisión que establece el Pliego de Bases y Condiciones para los rematadores, mientras que el Código de Organización Judicial establece el 2% sobre la base de venta, el intendente de Asunción, Óscar “Nenecho” Rodríguez y los concejales le asignarán el 6%. Los rematadores designados de forma directa, en contravención al propio Pliego, son Mario C. Person Báez, Elisa Raquel Troche Báez, Osvaldo Luces Rolón y Walter E. Ayala.
Irregularidades en la subasta de la Costanera Norte
El remate de las fracciones A1 y A3 de la Costanera se realizará en tiempo récord de 60 días, sin la definición del uso de suelo ni la precisión sobre el destino de los fondos obtenidos. Todo esto en medio de una crisis financiera de la Municipalidad. Solo a la Caja de Jubilados, Nenecho le debe más de G. 13.000 millones. Wagener señaló que la convocatoria publicada por la Municipalidad de Asunción como el Pliego de Bases y Condiciones de la subasta aprobada por la Junta Municipal contienen información confusa y engañosa, así como también datos falsos en relación con la cuenta corriente catastral de las tierras.
“Encontramos que el proceso de fraccionamiento tiene ‘a deslindar’ los linderos y hay derechos de terceros que deben ser verificados antes de poder realizarse cualquier subasta”, explicó el profesional. Además, reclamó que no existe una valuación fiscal de las tierras. “El encargado de valorar fiscalmente todo bien inmueble es la Dirección Nacional de Catastro (...) Vemos que no tienen valuación fiscal estas fracciones, por lo tanto, de conformidad al artículo 481 del Código Procesal Civil, no tiene una base de subasta (...) Al no haber valoración fiscal, no puede haber tampoco un valor pericial”, precisó.
El abogado recordó que la propia Ley Orgánica Municipal establece en los artículos 137 y 138, inciso C y concordantes, que “todo activo municipal, para que sea considerado como tal, debe pasar previamente por instancia de mensura judicial”, añadió. Recordó que las tierras no tienen aún una cuenta corriente catastral independiente y que además están ocupados, por lo que pidió la constitución in situ del Tribunal.