Cargando...
El juez penal de garantías Raúl Florentín volvió a imprimir trámite de oposición, este martes, y devolvió al Ministerio Público la imputación presentada por el fiscal Aldo Cantero, por los hechos de apropiación y usurpación de funciones públicas contra Fernando Ramón González Karjallo, hijo del usurero condenado Ramón González Daher. Esto, porque supuestamente el indagado alquiló una casa comisada por la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico).
El fiscal Aldo Cantero había presentado su imputación el pasado 13 de noviembre, en base a una denuncia presentada por la ministra de la Senabico, Teresa Rojas, formulada el 30 de octubre de este año. El juez Raúl Florentín rechazó esa imputación el 25 de noviembre, al detectar defectos de forma.
Lea más: Fiscalía ratifica imputación contra hijo de RGD por alquilar inmueble comisado
Cantero, tras corregir su escrito, volvió a presentar su imputación el pasado 2 de diciembre y este 10 de diciembre, el magistrado volvió a oponerse en base a lo establecido en el artículo 314° del Código Procesal Penal (CPP).
Ahora, según lo que establece el artículo 314° del CPP, tras este segundo rechazo por parte del juzgado al escrito fiscal, ya queda bajo responsabilidad de la Fiscalía Adjunta o Fiscalía General del Estado ratificar la imputación o rectificar la misma y el juez, una vez que el Ministerio Público presente su posición, no tendrá otra opción más que resolver en favor a ello.
Lea más: Juez devuelve a Fiscalía imputación contra hijo de RGD, por “defectos formales”
Análisis del juzgado a la imputación contra el hijo de RGD
El juez Raúl Florentín realizó un análisis del escrito fiscal. “El Ministerio Público imputa por apropiación Fernando Ramón González Karjallo por haberse ‘apropiado del producto de la renta de un inmueble que debería ingresar y haber sido depositado en el Tesoro Público, del Ministerio de Economía y Finanzas’ (sic.). Cuando el agente fiscal alude al ‘producto de la renta’, se refiere a una suma dinero, es decir a los billetes y monedas de curso legal que el imputado recibió. Cabe preguntarse si las cosas muebles fungibles pueden o no ser objeto del hecho punible de apropiación”.
Luego refirió que en el hecho punible de la apropiación, “cuyo objeto material es la cosa mueble ajena, no basta un comportamiento que tenga en miras solo un conjunto de cosas indeterminadas, sino que el objeto concreto de la apropiación debe estar claramente especificado, determinado individualmente. Diferente solución se daría en el caso de que el presunto autor hubiera recibido en depósito billetes plenamente identificados con la obligación de conservar y devolver esos mismos billetes (que podría darse si se trataran de billetes de colección, por ejemplo), pero tal situación que no se da en el caso que nos ocupa”.
Lea más: Imputan al hijo de RGD por alquilar y cobrar por inmueble de Senabico
Ahora, según los datos que proporciona la imputación fiscal, “el dinero que presuntamente entregó Katherine Lorena Rodríguez a Fernando González Karjallo le pertenecía en propiedad a aquella, y no siendo robado ni perdido, se produjo el traspaso de la propiedad -del dinero- por la mera tradición, por lo que no podría alegarse -ni aun en grado de sospecha- la propiedad de la Senabico sobre cosas que prima facie no le pertenecían. La ajenidad es un requisito de la tipicidad, no basta con decir que la cosa es ajena porque no le pertenece al presunto autor del hecho punible, sino que debe determinarse la existencia del propietario de la cosa”.
Y por último, sostuvo el magsitrado que “sí podría existir una afectación del patrimonio de la Senabico como de la señora Katherine Lorena Rodríguez, pero en tal caso el Ministerio Público debería describir de manera clara y sucinta la relación fáctica que permita subsumir la conducta penalmente relevante en alguno de los tipos legales que tutelan el patrimonio ajeno”.
Lea más: RGD también alquila inmueble comisado y se queda con el dinero, denuncia Senabico
Hijo de RGD, denunciado por Senabico
La ministra de la Senabico Teresa Rojas denunció que Fernando González Karjallo suscribió el 1 de mayo de 2024 un contrato de alquiler sobre un inmueble ubicado en Asunción, que fue objeto de comiso el 22 de mayo de 2023 y, de hecho, por oficio del 24 de octubre de 2023, la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer dictó la medida cautelar de prohibición de innovar y de contratar.
Además, el hijo de RGD estaría apropiándose de las ganancias del alquiler, que deberían ser depositados al Ministerio de Economía.