Marcelo Pecci: Juez debe resolver pedido de acceso a investigación fiscal

Un juzgado penal de garantías deberá resolver si otorga o no autorización judicial a la familia de Marcelo Pecci para participar y acceder a la información existente en la causa abierta por el magnicidio. Así lo resolvió la sala penal de la Corte Suprema de Justicia.

En fecha 16 de mayo de 2022, el edil Pintos presentó ante el Pleno una minuta solicitando la denominación de una calle de nuestra ciudad con el nombre de ‘Dr. Marcelo Pecci Albertini’. Acompañaron a esta minuta, los antecedentes ya presentados en su momento, donde se relatan los hechos y fundamentos que justifican la nominación.
Marcelo Pecci, fiscal de la Unidad Especializada en Crimen Organizado. Su familia recurrió a la Justicia para poder acceder la carpeta de investigación, ante la negativa de la Fiscalía.Gentileza

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Ante la negativa de la Fiscalía de proporcionar información sobre el avance de la investigación abierta por el crimen del fiscal Marcelo Pecci -asesinado en Colombia el 10 de mayo de 2022– quien pertenecía a la Unidad Especializada en la Lucha contra el Crimen Organizado, la familia del agente fiscal acudió a la justicia.

El abogado Alfredo Enrique Kronawetter, en representación del padre y hermanos de Pecci, solicitó al juzgado penal de garantías de turno autorización a los efectos de participar y acceder a la información sobre la causa N° 9088/2023, “Persona innominada sobre homicidio doloso”.

Marcelo Pecci fue asesinado el 10 de mayo de 2022, en Colombia, durante su luna de miel.
Marcelo Pecci fue asesinado el 10 de mayo de 2022, en Colombia, durante su luna de miel.

Kronawetter señaló la necesidad de acceder a información clave sobre las pesquisas realizadas y una evaluación preliminar que permita avanzar hacia una teoría sólida acerca del homicidio. Este pedido tiene como objetivo permitir a la familia Pecci participar activamente en la investigación y conocer los avances realizados hasta el momento, según refiere la presentación.

Postura de jueces ante petición de la familia de Marcelo Pecci

La solicitud ingresó cuando se encontraba de turno el juzgado penal de Garantías N° 11, a cargo de Yoan Paul López, quien derivó el caso al juzgado penal de garantías Especializado en Crimen Organizado de turno, entonces a cargo de Lici Teresita Sánchez, quien igualmente consideró que carecía de competencia para atender la cuestión.

“Advirtiendo esta magistratura que el requerimiento presentado por el abogado Alfredo Enrique Kronawetter Zarza se refiere a la acción de acceso a la información pública establecida en la ley 5282/14 y en particular a la disposición contenida en el título VI, artículo 23, Acción Judicial, y siendo el procedimiento a ser aplicado el previsto para las acciones de amparo, corresponde remitir a la Dirección General de Garantías Constitucionales, Remates y Peritos Judiciales para el sorteo respectivo, en atención a que la acción planteada debe contar con un juez competente en la materia y no un juez de guardia”, explica la magistrada Sánchez en su resolución.

Ante el conflicto de competencia suscitado, la cuestión fue derivada a la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, para que la máxima instancia judicial resuelva quién, en definitiva, debería atender la cuestión.

Esta decisión se dio a conocer a través del Auto Interlocutorio N° 708 de ayer, firmado por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Gustavo Santander Dans.

Posturas dispares en la Corte Suprema de Justicia

Con los votos en mayoría de Benítez Riera y La sala penal resolvió que el juzgado penal de garantías de turno deberá atender la petición. El Dr. Ramírez Candia votó en disidencia, por considerar que la cuestión debía ser resuelta por el juzgado especializado en Crimen Organizado.

“(...) de las constancias de autos, surge que el hecho punible de Homicidio Doloso previsto en el Art. 105 del Código Penal, en virtud del cual fue abierta la causa N°9088/2023 “Persona Innominada s/ Homicidio Doloso”, en el Ministerio Público, no integra el catálogo de hechos punibles que habilita la competencia especializada contra el crimen organizado, por lo que corresponde declarar la competencia del Juzgado Penal de Garantías, del fuero ordinario, de atención permanente, para que entienda en la presente causa”, argumentó el minsitro preopinante Benítez Riera, a cuyo voto se adhirió Santander.

Voto en disidencia

A su vez, Ramírez Candia manifestó su disidencia por considerar que en atención a las características del caso, la cuestión debe ser dirimida en el juzgado del fuero especializado en Crimen Organizado, pues la propia investigación está asignada a la Unidad Fiscal Especializada en Crimen Organizado.

“Considero que debe declararse la competencia del juzgado penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado, teniendo en cuenta que si bien es cierto, lo que dio inicio a la investigación es un hecho de homicidio doloso, lo que sería en principio competencia de los juzgados ordinarios, no obstante la víctima del mencionado hecho es un ex agente fiscal contra el crimen organizado, y es un hecho notorio, que las personas que podrían tener participación en el sentido del Art. 14 numeral 9 del Código Penal, se encuentran relacionadas a estructuras vinculadas al crimen organizado, en la que resulta competente el Tribunal Especializado”, sostuvo Ramírez Candia.

Como resultado de los votos en mayoría, la sala penal de la CSJ declaró la competencia del Juzgado Penal de Garantías, del fuero ordinario, de atención permanente, para entender en la causa y ordena remitir inmediatamente el expedieten autos al mencionado órgano jurisdiccional, a los efectos de que continúe el proceso.

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