Corte ordena investigar a juez y fiscales que beneficiaron a procesados por supuesto abigeato

El pleno de la Corte Suprema de Justicia solicitó al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que investigue a los fiscales encargados de indagar el robo de 146 cabezas de ganado en Paraguarí, ya que “olvidaron” presentar el requerimiento conclusivo en la fecha establecida. El máximo tribunal también abrió sumario contra el juez de Garantías de la causa de abigeato, por beneficiar a los procesados con el sobreseimiento provisional.

Sesión plenaria de la Corte Suprema de Justicia de hoy, en la que se dispuso la remisión de los antecedentes de un caso de abigeato al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por inacción de los intervinientes.
Sesión plenaria de la Corte Suprema de Justicia de hoy, en la que se dispuso la remisión de los antecedentes de un caso de abigeato al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por inacción de los intervinientes.GENTILEZA

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Un juez y seis fiscales están en la mira de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por inacción en una causa de abigeato, que finalmente quedará en el opareí por la desvinculación de los tres procesados por el caso. En la sesión ordinaria de la máxima instancia judicial de hoy, el ministro Gustavo Santander Dans expuso el encandaloso caso y el llamativo proceder de los intervinientes.

Las actuaciones cuestionadas quedaron en evidencia mediante la auditoría de gestión jurisdiccional de la Corte en la Circunscripción Judicial de Paraguarí, sobre los procesos abiertos en los últimos cinco años por el hecho punible de abigeato. El trabajo detectó un caso en el que la Fiscalía “olvidó” presentar requerimiento conclusivo y el juez de Garantías cambió la calificación del hecho al momento de otorgar sobreseimiento provisional a los investigados.

Dr. Gustavo Santander Dans, ministro de la Corte Suprema de Justicia.
Dr. Gustavo Santander Dans, ministro de la Corte Suprema de Justicia.

Inacción total en proceso por robo de 146 vacunos

Se trata de la causa N° 159/2019 caratulada “Ministerio Público contra Jorge Luis Cuenca y otros sobre Abigeato”, que inició con una denuncia por el robo de 146 cabezas de ganado, presentada el 28 de febrero de 2019, que originó la apertura de la carpeta fiscal en fecha 1 de marzo de ese año, según detalló en la sesión plenaria de la fecha el ministro de la Corte Suprema de Justicia Dr. Gustavo Santander Dans.

El 19 de noviembre de 2019 la fiscalía presentó imputación contra Jorge Luis Cuenca, por el hecho de abigeato y el juzgado de Garantías de Carapeguá, luego de admitir el acta fiscal, estableció el 19 de marzo de 2020 como fecha límite para que el Ministerio Público presente su requerimiento conclusivo.

Luego de los primeros actos investigativos, el 20 de noviembre de 2019 el Ministerio Público también presentó imputación, por el hecho de abigeato, en contra de Darío Bartolomé Acosta Sánchez, y el 27 de noviembre contra Juan Fernando González.

“Olvido” y “brazos caídos” en proceso por abigeato

El Ministerio Público realizó un total de 29 actos investigativos y recuperó 31 cabezas de ganado, de las 146 que fueron hurtadas. Llegó el 19 de marzo de 2020, fecha establecida para la presentación del escrito conclusivo en relación a los procesados Jorge Luis Cuenca y Darío Bartolomé Acosta Sánchez, pero el Ministerio Público “se olvidó” de presentar su requerimiento conclusivo ante el juzgado de Garantías a cargo de la causa penal.

Recién el 21 de setiembre de 2020 la fiscalía adjunta presentó el requerimiento conclusivo, solicitó el sobreseimiento provisional de los tres procesados en la causa, a fin de realizar un total de 12 diligencias en relación al imputado Darío Bartolomé Acosta; 13 actos investigativos respecto al procesado Juan Fernando González y 14 diligencias sobre el encausado Jorge Luis Cuenca.

“Ninguna de estas diligencias fueron realizadas en el tiempo del sobreseimiento provisional, pero no solo eso. Además de no llevar a cabo los actos investigativos, los fiscales olvidaron de solicitar la reapertura de la causa, en consecuencia, el juzgado ordenó el sobreseimiento definitivo de todos los imputados”, explicó Santander, al solicitar la apertura de un sumario al juez penal de Garantías de Carapeguá Hilario Bustos.

Juez de Garantías Penal de Carapeguá, Hilario Bustos Martínez.
Juez Penal de Garantías de Carapeguá, Hilario Bustos Martínez.

Cambio de calificación, sin fundamentación

El ministro destacó que el magistrado, sin fundamentación alguna, cambió la calificación respecto al hecho punible del artículo 163 del Código Penal (abigeato), de manera a reducir la expectativa de pena y también, el tiempo para la realización de las diligencias propuestas.

“En el proceso penal pequeñas cosas hacen grandes transformaciones. Se imputó y durante toda la etapa de investigación se sostuvo la calificación del hecho en base al artículo 163 inciso 2°, que tiene una expectativa de pena de hasta 10 años de cárcel, por lo que el plazo del sobresimiento provisional debía ser de 3 años. Sin embargo, en la audiencia preliminar el magistrado modificó la calificación del hecho, en base a lo establecido en el artículo 163 inciso 1°, cuya expectativa de pena es de hasta 5 años de prisión, en consecuencia la duración del sobreseimiento provisional se redujo a solo un año”, destacó Santander, cuyo pedido fue aprobado por unanimidad por los demás ministros.

Los agentes fiscales intervinientes

De acuerdo con la auditoría realizada, intervinieron en el caso la fiscala adjunta Artemisa Marchuk y otros cinco agentes fiscales de acuerdo al siguiente detalle:

  • Cecilia Inés Núñez Castillo, desde el dictado del sobreseimiento provisional hasta el 1 de diciembre de 2022.
  • Gladys Teresita Paredes, desde el 1 de diciembre de 2022 hasta el 11 de abril de 2023.
  • Mercedes Vega Monges, desde el 11 de abril de 2023 hasta el 27 de abril de 2023.
  • Rita Prieto Talavera, desde el 27 de abril de 2023 hasta el 16 de junio de 2023.
  • Eustacio Hermosilla, desde el 16 de junio de 2023 hasta el 16 de febrero de 2024.

Auditoría detectó nula actividad investigativa

“Durante el lapso entre el dictado del sobreseimiento provisional (AI N° 567 del 8 de julio de 2022) y el tiempo límite para solicitar reapertura de la causa (8 de julio de 2023) respecto a Jorge Luis Cuenca y Darío Bartolomé Acosta, no se verifica en la carpeta fiscal el diligenciamiento de alguno de los medios de pruebas que se pretendía incorporar”, precisa la auditoría en su parte conclusiva.

“Es decir, que durante el transcurso de un año han intervenido cinco agentes fiscales y no consta en las compulsas de la carpeta fiscal que hayan realizado alguna de las diligencias dispuestas por el AIN° 567 del 8 de julio de 2022. Tampoco consta que hayan realizado alguna diligencia fijada por AI N° 867 del 4 de noviembre de 2022 que guarda relación con Juan Fernando González Da Silva”, concluye el informe de la auditoría de gestión realizada al expediente.

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