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El Tribunal de Sentencias, presidido por la jueza Olga Ruíz e integrado por Celia Salinas y Víctor Alfieri, finalmente absolvió de culpa y pena a Arnaldo Martínez, Pedro Areco y Enrique Aguero, quienes fueron procesados por los hechos de producción de riesgos comunes, perturbación de la paz pública y daños a cosas de interés común, derivados de la quema de la sede de “Colorado Róga”, ubicada sobre Tacuary y 25 de Mayo de Asunción, el 17 de marzo de 2021.
La terna de magistrados abrió el juicio poco antes de las 13:00 y luego se retiró para analizar sobre los elementos de prueba producidos durante el debate público, y en base a ellos emitir su decisión. El Tribunal de Sentencia dio a conocer su conclusión y sentencia poco después de las 14:00, también fijó para el próximo viernes 22 de noviembre la lectura íntegra de la Sentencia Definitiva, a partir de las 13:00.
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El Ministerio Público, en gran parte del juicio a los ahora sentenciados, estuvo representado por la fiscala María Estefanía González, quien posteriormente renunció para asumir el cargo de Adjunta del departamento de Boquerón. En su reemplazo asumió la agente Yeimy Adle, quien el pasado 5 de noviembre no hizo uso de su derecho a réplica de las defensas, en consecuencia, no tampoco hubo dúplica.
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Sin embargo, lo llamativo ese día fue que el Tribunal de Sentencia decidió suspender el juicio y retomarlo este viernes 15 de noviembre, pudiendo deliberar esa misma jornada para dar a conocer su veredicto y dictar sentencia en el caso.
Aplazamiento viola la ley, denuncian defensas
Los abogados Horacio Fialayre y Eduardo Aguayo, defensores de los acusados Pedro Areco y Enrique Agüero, respectivamente, denunciaron que el Tribunal de Sentencia violó el artículo 396 del Código Procesal Penal, con la postergación del dictamiento del veredicto.
“Es una vergüenza. No sé para qué estiran tanto, porque hace ocho meses que estamos en juicio y dos meses que la fiscalía presentó sus alegatos finales. Es inaudito lo que está haciendo este tribunal, tres minutos duró hoy el juicio y vuelven a postergar la decisión sobre el caso”, expresó Fialayre.
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Por su parte Aguayo resaltó que en ninguna de las causas en las que le tocó intervenir ha ocurrido que un Tribunal de Sentencia, luego de las palabras finales de los acusados, no se retire a deliberar. Denunció además que el colegiado avaló todas las irregularidades de la fiscalía y que la presente causa es una muestra más de la criminalización de la protesta en Paraguay.
El Artículo 396 del Código Procesal Penal, que habla de la deliberación, señala que “cerrado el debate, los jueces pasarán, de inmediato y sin interrupción, a deliberar en sesión secreta, a la que sólo podrá asistir el secretario. La deliberación no se podrá suspender salvo enfermedad grave de alguno de los jueces.”
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Fiscalía pidió 6 años para acusados de quemar “Colorado Róga”
En sus alegatos finales la fiscala María Estefanía González solicitó que los tres acusados sean condenados a 6 años de cárcel por producción de riesgos comunes, perturbación de la paz pública y daños a cosas de interés común, supuestamente cometidos con la quema de la sede de “Colorado Róga”, ocurrido en fecha 17 de marzo del año 2021.
Según la agente fiscal, los hechos fueron perpetrados durante las manifestaciones sociales contra el gobierno de Mario Abdo Benítez y que desembocó en la quema de parte de la sede de la Asociación Nacional Republicana (ANR) Colorado Róga, ubicada en esquina de las céntricas calles 25 de Mayo y Tacuary.
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El ataque a la sede del Partido Colorado se produjo luego de que un policía que hacía de guardia privado en el local, el suboficial inspector Jorge Romero, hiciera disparos de escopeta hacia los jóvenes que protestaban para exigir más insumos y vacunas contra el covid-19 en las cercanías del local partidario, lo cual enardeció a los manifestantes. El “escopetero” no fue procesado por este hecho, pese a que su acción fue inclusive filmada por varias personas.
La acusación fiscal resalta que los manifestantes se acercaron al local denominado Colorado Róga, derribaron una chapa que fue puesta en la puerta como refuerzo en el mencionado local ante otros hechos de vandalismo ocurridos, rompieron los vidrios de blíndex de la entrada principal, ingresaron a la sede causando destrozos, rompieron muebles, cuadros y otros objetos. “Habrían rociado combustible (posiblemente nafta) y le prendieron fuego al local, provocando un incendio”, destaca parte de la hipótesis fiscal.
Proceso para manifestantes y “vista gorda” a escopetero
Según sostuvo la Fiscalía, los hechos punibles atribuidos a los tres sentenciados fueron perpetrados el 17 de marzo del 2021, durante las manifestaciones sociales contra el gobierno de Mario Abdo Benítez y que desembocaron en la quema de parte de la sede de la Asociación Nacional Republicana (ANR) Colorado Róga, ubicada en esquina de las céntricas calles 25 de Mayo y Tacuary.
El ataque a la sede del Partido Colorado se produjo luego de que un policía que hacía de guardia privado en el local, el suboficial inspector Jorge Romero, hiciera disparos de escopeta hacia los jóvenes que protestaban para exigir más insumos y vacunas contra el covid-19 en las cercanías del local partidario, lo cual enardeció a los manifestantes. El “escopetero” no fue procesado por este hecho, pese a que su acción fue inclusive filmada por varias personas.
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“Se acercaron al local denominado Colorado Róga, derribaron una chapa que fue puesta en la puerta como refuerzo en el mencionado local ante otros hechos de vandalismo ocurridos, rompieron los vidrios de blíndex de la entrada principal, ingresaron a la sede causando destrozos, rompieron muebles, cuadros y otros objetos. Habrían rociado combustible (posiblemente nafta) y le prendieron fuego al local, provocando un incendio”, señala la presentación que dio inicio al proceso a los ahora acusados.