Prohibición de exámenes por mora en cuotas: las sanciones a las que se exponen los colegios

Desde el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) insisten en que las instituciones educativas privadas y subvencionadas no pueden negar a sus alumnos los exámenes u otra actividad por mora de cuotas u otros aranceles. Estas son las sanciones a las que se exponen.

Las instituciones educativas privadas y subvencionadas que nieguen los exámenes a los alumnos por mora de cuotas u otros aranceles se exponen a sumario o sanciones pecuniarias.
Las instituciones educativas privadas y subvencionadas que nieguen los exámenes a los alumnos por mora de cuotas u otros aranceles se exponen a sumario o sanciones pecuniarias.Gustavo Machado

Cargando...

Las instituciones educativas privadas y subvencionadas que nieguen los exámenes a los alumnos por mora de cuotas u otros aranceles se exponen a sumario o sanciones pecuniarias —multa—, conforme a lo que establece la Ley N° 5.738 “que garantiza el derecho del niño y del adolescente que estudia en instituciones educativas de gestión privada”.

“Los colegios y directores pueden ir a sumario administrativo y a grandes sanciones pecuniarias”, advirtió la directora general de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez y Adolescencia del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Sonia Escauriza.

Afirmó que ya hay un caso antecedente de sanción a una institución que incumplió la mencionada ley, por lo que fue a sumario y resultó con multa. En ese caso, un alumno fue quitado de la lista de egresados y no pudo formar parte del acto de ceremonia, según reveló.

Lea más: ¿Los colegios pueden prohibir exámenes por falta de pago de cuotas? Lo que aclara el MEC

“Los colegios privados están expuestos a una multa por el incumplimiento de uno o de varios artículos, o por reincidencia”, mencionó. En cuanto a las sanciones pecuniarias, precisó que se establece de acuerdo al grado de incumplimiento y puede oscilar entre 5 y 50 salarios mínimos.

Las sanciones:

  • Si incurre en una de las prohibiciones, de 5 (G. 13.991.545) a 15 (G. 41.974.635) salarios mínimos
  • En caso de incurrir en dos prohibiciones o más, de 16 (G. 44.772.944) y 30 (G. 83.949.270)
  • Si incurre en todas las prohibiciones, 31 (G. 86.747.579) a 40 (G. 111.932.360)
  • En caso de reincidencia en una de las prohibiciones, de 41 (G. 114.730.669) a 50 (G.139.915.450) salarios mínimos

Las prohibiciones son:

  • Denegar exámenes
  • Retener libretas de calificaciones
  • Retener libretas de exámenes parciales o finales
  • Publicar el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos
  • Establecer medidas que afecten el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación

Lea más: Prohibición de exámenes por mora en colegios privados: lo que dice la Defensoría del Pueblo

Instan a denunciar a las instituciones irregulares

Escauriza instó a los afectados a realizar sus denuncias ante su dirección, a la línea telefónica habilitada: 021- 425-707.

Así también, refirió que se puede realizar la denuncia ante la supervisión educativa más cercana a la comunidad educativa en cuestión.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...