Cargando...
El defensor del Pueblo, Rafael Ávila Mecke, se pronunció esta mañana sobre los casos de denuncias por la prohibición de tomar exámenes a estudiantes, que ejercen las administraciones de colegios privados ante la mora de cuotas de las familias. El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) recibe cada año varias quejas sobre esta problemática, principalmente en esta época, cerca de finalizar el año lectivo.
Ávila recordó que esta práctica está prohibida, según lo establece el artículo 2 de la Ley N° 5.738/16 que “garantiza el derecho del niño y del adolescente que estudia en instituciones educativas de gestión privada”.
Lea más: ¿Los colegios pueden prohibir exámenes por falta de pago de cuotas? Lo que aclara el MEC
“Esta ley asegura que los derechos de los niños y adolescentes, no se vean comprometidos debido a la morosidad en el pago de cuotas o aranceles”, manifestó el defensor del Pueblo.
Recordó que, además de que está prohibido denegar evaluaciones a los estudiantes, la normativa establece otra serie de restricciones, que los establecimientos educativos privados o privados subvencionados deben cumplir.
Mora en colegios privados: ¿qué otras prohibiciones establece la Ley para los colegios?
La Ley 5.738 es clara con respecto a las medidas que tiene prohibido tomar los centros educativos privados y que, lamentablemente, de igual modo resurgen cada año con la denuncia de las familias.
Lea más: Terminan las clases: ¿Qué ofrecerá el MEC en vacaciones?
Además de la imposibilidad de denegar los exámenes, los institutos privados no pueden retener las libretas de calificaciones, de exámenes parciales o finales, ni hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos.
Tampoco deben hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos o establecer cualquier otra medida que afecte el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.
El defensor del Pueblo informó además que la institución a su cargo se encuentra a disposición, para recibir y gestionar los reclamos ante cualquier medida que generen los locales escolares de gestión privada.
Prohibición de exámenes por mora: ¿Dónde denunciar?
La Defensoría del Pueblo puso sus oficinas a disposición de la ciudadanía, para realizar las denuncias ante un caso de negativa de cumplir la Ley 5.738/16. La dirección es avenida Ygatimí y O´Leary, en Asunción, con el horario de atención de 7:00 a 14:00.
Lea más: Mudanza del Indi: Defensor del Pueblo promete intervenir ante reclamos de vecinos de Ñemby
También están disponibles, el correo electrónico defensoria@defensoriadelpueblo.gov.py y la línea de Whatsapp institucional, el número (0971) 108-811.
El número habilitado por el MEC para realizar denuncias es: 0800-11-4975 (línea gratuita) y el 021-497-555.