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Teniendo en cuenta que el último aguinaldo se pagó el 30 de junio de 2024, también llamado “anticipo de aguinaldo” -cuando el trabajador opta por recibir la mitad del monto correspondiente-, el pago de diciembre se debe realizar luego de 51 días, el 18 de diciembre de 2024.
El aguinaldo es inembargable, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 del Código del Trabajo, por lo tanto, no está afectado a descuentos o retenciones por parte del empleador o de terceros.
Calcular el monto
El monto se calcula sumando los ingresos del trabajador durante el año en concepto de salarios, horas extras, comisiones u otros, divididos por 12 meses.
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El Ministerio de Trabajo cuenta con una herramienta para realizar este cálculo que se realiza a través de su portal web cargando los datos necesarios en el link https://calculadoras.mtess.gov.py/agui/production/formaguinaldo.php
Se excluyen del cálculo del aguinaldo la bonificación familiar y el permiso por maternidad.
Denuncia por falta de pago del aguinaldo
Los trabajadores que no hayan recibido el pago del aguinaldo en el tiempo y forma previstos por ley deberán realizar sus denuncias ante la oficina central o regional del Ministerio de Trabajo a partir del 2 de enero, primer día hábil del año 2025.
La sede del Ministerio de Trabajo se encuentra sobre la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, en la ciudad de Asunción.
Es posible realizar una denuncia anónima, llamando a la central telefónica (021) 729 0100.
Los funcionarios del ente se encuentran especializados para atender las consultas y asesor a empleadores y trabajadores para garantizar el efectivo cumplimiento de esta obligación.