Empieza la veda pesquera: ¿Cuándo se puede volver a pescar?

Mañana lunes, 4 de noviembre, se inicia la veda pesquera para aguas nacionales e internacionales. En Paraguay quedan prohibidas tanto la pesca deportiva como la comercial. Las vendedoras y los pescadores tienen diez días corridos para comercializar los productos sobrantes, que debieron registrar ante el Mades. En esta nota te contamos cuándo podrás volver a pescar y otros detalles de la veda.

Pesca
Caña de pescar.Shutterstock

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Este lunes, 4 de noviembre, comienza la veda de pesca en todo el territorio nacional, en aguas nacionales y las compartidas con Brasil y Argentina. La prohibición busca proteger la fauna ictícola en esta etapa de reproducción y de crecimiento de peces como el surubí, el pacú, tres puntos o el famoso dorado, uno de los peces más codiciados en el país.

Hay dos excepciones en este período, según la Ley N° 3556/08, de pesca y acuicultura. La primera es para quienes subsisten mediante estos alimentos, como es el caso de algunas comunidades indígenas. Estas personas deben estar debidamente registradas en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

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La normativa indica que en estos casos no se ve en peligro o amenazada la reproducción o crecimiento de los peces. Además, debe cumplirse la ley en cuanto al tamaño y cantidad de ejemplares que pueden ser extraídos de los ríos.

El segundo caso es para la comercialización de peces por parte de quienes igualmente dependen de esta actividad para la economía familiar, como los vendedores de pescado y los pescadores. Pero solo pueden vender los productos que hayan quedado como sobrantes antes del inicio de la veda y cuyo stock haya sido declarado ante el Mades. Por otro lado, solo tienen 10 días corridos, desde este lunes, para la venta.

Veda pesquera: anuncian estrictos controles en rutas y en aguas nacionales

El director de Pesca y Acuicultura del Mades, Adán Leguizamón, aseguró que desde el comienzo de la veda pesquera realizarán estrictos controles, que serán realizados en vías terrestres y acuáticas en distintos puntos. Anunció que también se realizarán chequeos en barreras, principalmente en las zonas donde se realizan actividades pesqueras tradicionalmente.

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El Mades está facultado para incautar embarcaciones, como lanchas y pateras, en estas verificaciones según la normativa vigente. También pueden colectar toda clase de instrumentos pesqueros, como redes, espineles o cañas de pescar.

El ministro del Ambiente, Rolando de Barros, había amenazado hasta con pena carcelaria a los infractores, aunque planteó que la prohibición sirva como una herramienta educativa para la población.

Las vendedoras de pescado de Puente Remanso pueden vender sus productos sobrantes y debidamente registrados ante el Mades por 10 días corridos desde el lunes 4 de noviembre.
Las vendedoras de pescado de Puente Remanso pueden vender sus productos sobrantes y debidamente registrados ante el Mades por 10 días corridos desde el lunes 4 de noviembre.

Las multas para quienes infrinjan la ley en este tiempo ascienden desde 1 jornal mínimo (G. 107.627) hasta 20.000 jornales mínimos (G. 2.152 millones).

¿Cuándo se puede volver a pescar?

La veda pesquera que comienza este lunes rige por 45 días para las aguas nacionales que confluyen con los ríos compartidos con la Argentina. Esto se aplica para la confluencia del río Pilcomayo hasta el río Paraguay, luego hacia el río Yguazú con el río Paraná hasta el 20 de diciembre.

Productos pesqueros incautados por el Mades en un control aleatorio en el río Tebicuary.
Productos pesqueros incautados por el Mades en un control aleatorio en el río Tebicuary.

Es decir, se puede pescar de vuelta después de las 0:00 horas del 21 de diciembre, según lo establecido por la Resolución N° 463/24 de veda pesquera del Mades.

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Para las aguas compartidas con el Brasil, la restricción se extiende por 77 días; desde Saltos del Guairá hasta el río Yguazú, luego desde la zona del río Apa hasta el inicio de Bahía Negra, la veda es hasta la medianoche del 31 de enero. Se puede pescar desde las 0:00 horas del 1 de febrero.

En ríos nacionales, arroyos y lagunas, la restricción se extiende hasta el 20 de diciembre; o sea, se puede volver a pescar desde las 0:00 horas del 21 de diciembre.

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