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El juicio oral y público por el escandoloso caso de la granja vip mau de San Pedro, donde vivían en forma irregular dos narcotraficantes sentenciados a penas de más de 20 años de cárcel, concluyó hoy con la condena del exdirector de la penitenciaría de San Pedro Wilfrido Quintana Parodi y del exjuez penal de ejecución de San Pedro Néstor Ramón Arévalo Zorrilla. El exdirector del penal de Ciudad del Este Alberto Ramón Orella Notario, igualmente acusado por el caso, fue absuelto de reproche y pena.
El Tribunal de Sentencia presidido por Karina Cáceres, Ana Rodríguez y Adriana Planás consideró probada la acusación presentada por la fiscala María Irene Álvarez, de la Unidad Especializada en Antisecuestro y Crimen Organizado con relación a los dos primeros acusados.
El colegiado sentenció al exdirector penitenciario Quintana Parodi a 4 años de cárcel por frustración de la ejecución penal, realización del hecho por funcionarios y cohecho pasivo agravado y al exmagistrado Arévalo Zorrilla por frustración de la ejecución penal y prevaricato.
Al inicio del juicio, Arévalo solicitó su desvinculación del caso tras argumentar que es objeto de un doble juzgamiento, pues ya había sido sancionado con una amonestación por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por haber dispuesto el traslado irregular del narcotraficante al recinto que ni siquiera estaba habilitado por el Ministerio de Justicia (MJ).
Este incidente planteado por la defensa del exmagistrado fue descartado por el Colegiado de Sentencia.
Las juezas concluyeron que los magistrados judiciales están sometidos al régimen disciplinario, tanto por el JEM como por el Consejo de Superintendencia de la Corte. Asimismo, explicaron que la imposición de una sanción disciplinaria administrativa no impide la aplicación de una sanción penal y que el hecho que haya sido apercibido por el JEM no impide su juzgamiento en el fuero penal.
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Condenas solicitadas por la Fiscalía en el caso granja vip
En ocasión de presentar sus alegatos finales, la fiscala Álvarez solicitó las siguientes condenas: 6 años de pena privativa de libertad para Quintana Parodi; 4 años de cárcel para el exmagistrado Arévalo Zorrilla y 3 años de pena privativa de libertad para Orella Notario.
La acusación contra Quintana Parodi es por presunta frustración de la persecución y ejecución penal, realización del hecho por funcionarios, liberación de presos y cohecho pasivo agravado y contra Orella por supuesta frustración de la persecución y ejecución penal y realización del hecho por funcionarios. A su vez, Arévalo está acusado por los supuestos hechos punibles de frustración de la persecución y ejecución penal, realización del hecho por funcionarios y cohecho pasivo agravado.
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Masacre en la cárcel San Pedro reveló situación irregular
La acusación revela que Arévalo ordenó el traslado a la citada granja vip del narcotraficante Víctor Brítez Aranda, alias Chapaló, quien desde 2014 cumple una condena de 26 años y actualmente, cuenta con otra pena de tres años.
A su vez, Orella gestionó el envío al mismo lugar del también narcotraficante Ángel Tranquilino Giménez, quien desde 2011 cumplía una pena de 21 años.
Recordemos que la esta situación irregular de la granja vip se descubrió tras la masacre registrada el 16 de junio de 2019 dentro de la cárcel de San Pedro, que dejó un saldo de 10 víctimas fatales, varias de ellas decapitadas y quemadas Por este caso, 24 convictos del Primer Comando da Capital (PCC) fueron condenados a penas de 5 a 40 años de cárcel, ya con los años de medida de seguridad.
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Granja vip mau fue construida con dinero de narcos, afirma fiscala
Álvarez afirma que la granja vip “mau” denominada “El Porvenir” -ubicada detrás de la cárcel sampedrana y fuera del perímetro de seguridad- fue construida por los narcos. Además, se comprobó que la penitenciaría de San Pedro no contaba con un proyecto aprobado de un lugar a utilizarse como granja.
La fiscala pide el comiso de la propiedad, así como los muebles y electrodomésticos que en ella se encontraron, como muebles, televisores, heladeras, lavarropas, etc.
“En los reportes de extracción de datos del teléfono se pudo visualizar que fueron estas personas condenadas por narcotráfico fueron las que construyeron ese lugar, les pasaban los reportes del avance de esta construcción. Les llevaban ahí y además, les comunicaban de sus movimientos por el territorio nacional, tanto a las autoridades penitenciarias como a sus familiares., la pericia fue determinante”, explicó Álvarez.
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Narcos que vivían en “granja vip” iban de pesca
Según lo resaltado por la presidenta del Tribunal de Sentencia Karina Cáceres, los narcotraficantes Víctor Brítez Aranda, alias Chapaló; y Ángel Tranquilino Giménez, vivían “prácticamente en libertad” en la granja “El Porvenir”, que funcionaba fuera de la Penitenciaría de San Pedro.
“Estas personas condenadas a altas penas no solo recibían en la granja a sus familiares, quien incluso se quedaban a dormir en el lugar, sino que también podían salir y volver al lugar cuando querían. En una de las ocasiones una de ellas salió de la granja para ir de pesca”, puntualizó la magistrada, en parte de su argumentación de la sentencia dictada este viernes.
Por su parte la fiscal María Irene Álvarez expresó su satisfacción por el fallo que dictó el Colegiado de Sentencia, que resaltó la gravedad de los hechos cometidos por los ahora condenados, ya que en su condición de funcionarios públicos, en representación del Estado estaban obligados a velar por la ejecución de las altas penas dictadas contra “Chapaló” y Giménez, sin embargo facilitaron la comodidad de estas personas a cambio de dádivas.
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La agente del Ministerio Público anunció que, una vez que tenga la sentencia escrita, analizará los argumentos de la absolución del ex director de la Penitenciaría de Ciudad del Este Alberto Orella, a fin de resolver si presenta apelación contra dicha decisión.