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El Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Segunda Sala ratificó hoy que el considerado jefe narcotraficante paraguayo y acusado en el caso A Ultranza Py, Miguel Ángel Insfrán Galeano, apodado “Tío Rico”, afrontará juicio oral y público por su presunta participación en hechos punibles vinculados al narcotráfico y asociación criminal.
Por unanimidad, los camaristas Arnulfo Arias Maldonado, Arnaldo Fleitas Ortiz y Jesús Riera Manzoni ratificaron la resolución dictada por la juez penal de garantías especializada en Crimen Organizado, Rosarito Montanía, en lo que respecta a la apertura de la causa “Miguel Ángel Insfrán Galeano y otro otros s/ Ley 1881/2002 Que modifica Ley 1340 (Ley N° 6379 Crimen Organizado)” a juicio oral y público.
“Al rechazar los incidentes planteados el Juez dio respuesta justificada legal y razonable a los requerimientos de las partes en la audiencia, decidiendo admitir la acusación –Punto 2-, al encontrar que cumple con todos y cada uno de los presupuestos legales - relación circunstanciada sobre la existencia del hecho; determinación del supuesto autor, calificación de la conducta del mismo dentro de la ley correspondiente- cumpliendo con las previsiones del Art. 347 del C.P.P.”, concluye la Cámara sobre esta decisión.
Por mayoría, Cámara autoriza inclusión de testigos ofrecidos por Miguel Angel Insfrán
Por otro lado, en una decisión mayoritaria, Fleitas y Riera votaron por autorizar la inclusión de pruebas ofrecidas por la defensa y que fueron excluidas por la magistrada, en el Auto Interlocutorio AI N° 207, del 2 de setiembre pasado.
Específicamente, el defensor Álvaro Arias Ayala había solicitado la inclusión de las declaraciones testificales de José María Sosa Duarte, Marta García Belloso, Manuel Doldán y Josué Samudio, que la magistrada había rechazado por considerar que sus testimonios no aportarían datos relevantes para la constatación de los hechos.
“A juicio de este magistrado, la decisión adoptada contraviene una serie de principios consagrados en nuestro sistema procesal vigente, como el principio de amplitud de la prueba, el principio de libertad probatoria y el principio de igualdad procesal. En efecto, el ofrecimiento de las declaraciones testificales fue realizado de manera formal y oportuna por la defensa técnica durante la audiencia preliminar, y el abogado defensor expuso adecuadamente la razón de su ofrecimiento y su pertinencia, por lo que deben ser admitidos los testimonios de las citadas personas”.
En la acusación que consta de un total de 713 páginas, el fiscal antidrogas Deny Yoon Pak atribuye a Tío Rico la supuesta participación en los siguientes delitos: introducción al país y remisión al exterior de sustancias estupefacientes (artículo 21), así como comercialización ilícita de sustancias peligrosas (artículo 42) y asociación criminal (artículo 44), de acuerdo con la Ley Nº 1340/88 de Drogas y su modificatoria, la Ley Nº 1881.
Sociedad criminal con el prófugo Sebastián Marset
Según la teoría del Ministerio Público, desde que el uruguayo Sebastián Enrique Marset Cabrera –prófugo– frecuentó Paraguay, en 2018, se creó una organización criminal dedicada al tráfico de cocaína que operó hasta el 2022, pues mediante el operativo A Ultranza Py, que comprendió más de 100 allanamientos y la participación de una veintena de fiscales, la banda fue anulada.
Dentro de esa sociedad Marset era el encargado de negociar la compra de la droga con delincuentes de Bolivia y Miguel Insfrán estaba a cargo de moverla en suelo paraguayo, hasta su salida del país, según la Fiscalía. Mediante esta forma de operar, agrega, la organización logró enviar droga a África y logró ganancia de US$ 18.429.500; mientras que con envíos a Europa, en total 17.340 kilos de cocaína, el rédito obtenido fue de US$ 433.500.000.