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En la sentencia Nº 231, el juez en lo Civil y Comercial del 22º turno Martín Acosta Conde establece que el Estado paraguayo deberá pagar G. 400 millones a Herminio Melgarejo Méndez y G. 400 millones a Celso Nicolás Melgarejo Méndez, en concepto de indemnización por las torturas sufridas durante la dictada stronista.
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El fallo recientemente divulgado establece que a esta suma hay que agregar intereses mensuales a ser computados desde el inicio de la demanda, que se presentó el 8 de julio 2020. El abogado de los hermanos Melgarejo, Raúl Mongelós Schneider, explicó que a la fecha correspondería el pago de G. 700 millones para cada uno de sus representados, por lo que el monto total de la indemnización alcanzaría G. 1.400 millones a la fecha.
Es en concepto de indemnización por daños y perjuicios sufridos durante la dictadura stronista, específicamente a partir del año 1975, cuando los hermanos Melgarejo Méndez fueron detenidos en diferentes circunstancias, oportunidad en que sufrieron apremios físicos en dependencias policiales.
La demanda relata en forma detallada el suplicio vivido por los hermanos. En el caso de Herminio, su primera aprehensión fue el 1 de mayo de 1976, cuando agentes policiales irrumpieron en su vivienda de Quiindy, oportunidad en que su esposa se encontraba en trabajo de parto.
Herminio fue maniatado, agredido a culatazos y trompadas y sin que se le diga siquiera el motivo de su detención, fue llevado hasta la Delegación de Gobierno de Paraguarí, donde quedó incomunicado por varios días, señala el escrito.
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Demanda relata torturas con teju ruguái y sesiones de pileta
“Durante todo el tiempo de su detención el Sr. Herminio Melgarejo, fue torturado con patadas, trompadas, cachiporras, toques eléctricos en las orejas, dejándolo con padecimiento de cefalea, temblores, náuseas, vómitos. Las citadas torturas eran cotidianamente realizadas y ordenadas por el aquel entonces comisario Pozzi y el comisario Barco, conocidos oficiales del distrito de Paraguarí, encargados de encabezar la captura y posterior tortura de personas en la época stronista”, refiere la demanda.
La acción relata que Herminio estuvo preso durante meses en distintos lugares, el último de ellos en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital, donde el entonces jefe, el temido torturador Pastor Coronel, tomó su declaración indagatoria el 20 de enero de 1977.
“Durante la toma de su declaración era sometido a cachiporrazos, el conocido y temido teju ruguái y golpes a nivel de la región posterior de la columna cervical, cayendo desvanecido en reiteradas ocasiones ante semejante episodio de tortura. Se demuestra con el acta de declaración que se adjunta, que los oficiales pretendían que el Sr. Herminio Melgarejo se declarase culpable de hechos que él desconocía; tal como se observa en la declaración indagatoria, las preguntas hacían referencia a si el mismo era miembro de algún movimiento que afrente al gobierno de Alfredo Stroessner y ante su reiterada negativa de pertenecer a movimiento alguno, lo sometían a tortura con el fin de lograr que el Sr. Herminio Melgarejo aceptase hechos que no había cometido, siendo sólo un humilde agricultor”, señala la acción.
Posteriormente, Herminio fue trasladado a la comisaría Nº 11 de Asunción y de ahí a la cárcel de Emboscada, de donde recuperó su libertad el 21 de junio de 1977.
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Apresado y torturado por leer periódico y libros
“Nuestro mandante fue acusado y procesado por supuestamente pertenecer a la Organización Política Militar (O.P.C.), haber leído el periódico Tata Piriri y “libritos” de carácter marxista, hechos estos que jamás fueron reconocidos por él, siendo víctima de crímenes de lesa humanidad”, explica el escrito de demanda.
Como consecuencia de las torturas sufridas, Herminio padece hipertensión arterial, sufrió fractura o luxación de los dedos de la mano y región anterior, que quedaron deformados, tiene cicatrices en todo el cuerpo y dolores de cabeza (cefalea), además de las secuelas psicológicas. La demanda solicitó una indemnización de G. 1.106 millones para Herminio Melgarejo, por daño moral, daño emergente y lucro cesante.
Acusado de comunista, Celso Nicolás Melgarejo Méndez fue detenido el 8 de marzo de 1975 en Quiindy, fue llevado al destacamento del río Jejuí, donde fue sometido a torturas físicas y psicológicas durante una semana. Posteriormente fue liberado y en 1976, nuevamente detenido y estuvo preso en distintos lugares durante dos meses, periodo en que sufrió todo tipo de vejámenes. El uso de la pileta, de la picana y el teju ruguái también hacen parte del relato de los horrores sufridos por Celso Melgarejo, que como consecuencias sufrió varias secuelas, una de ellas una cicatriz de 6 cm en la oreja.
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Acusado de comunista tuvo su casa y chacra destruidas
“Las torturas por parte de oficiales del régimen stronista no solo se limitaban a torturas físicas al Sr. Celso Melgarejo; sino además las torturas psicológicas se extendieron a toda su familia, atendiendo que nuestro mandante debió abandonar su hogar dejando todos sus bienes, siendo destruidas su casa y chacras, que había construido con mucho esfuerzo. A la vez que debió separarse de su esposa y sus hijas, debiendo enviarlas a la ciudad de Coronel Oviedo por miedo a que represores stronistas capturaran también a estas y las mismas pudieran correr la misma suerte que su esposo y padre”, revela la acción, que refiere que estuvo separado de su familia durante tres años.
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“En fecha 10 de mayo de 1976 el Sr. Celso Melgarejo fue puesto en libertad, sin habérsele comunicado jamás cuáles fueron los hechos que arribaron a su detención y mucho menos las causas por las que fue brutalmente torturado durante aproximadamente un año. Posteriormente al reencontrarse con su hermano Herminio Melgarejo, este le comentó que todos los apresados eran detenidos y procesados por ser del Partido Liberal, por supuestamente ser parte de algún movimiento que iba en contra del régimen del gobierno stronista o por ser visto en compañía de alguna persona que militaba en contra del gobierno de turno”, refiere el escrito de demanda, a través del cual se solicitó para Celso Melgarejo G. 914 millones en concepto de resarcimiento por daño moral, daño emergente y lucro cesante.
“Los crímenes de lesa humanidad que motivan esta demanda fueron cometidos por funcionarios del Estado, cuya identidad en la mayor parte de los casos es desconocida y que fueron perpetrados por policías que demostraban obediencia y verticalidad durante la dictadura, siendo este un hecho notorio que no necesita ser probado, debiendo el Estado paraguayo resarcir los daños causados al Sr. Herminio y Celso Melgarejo”, concluye Mongelós.