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La acusación fiscal por presunto lavado de dinero fruto de la usura es contra Delcia Karjallo de González, Fernando González Karjallo y Carolina González Aguilera, la esposa, el hijo y la nuera del condenado a 15 años de cárcel Ramón González Daher.
El requerimiento conclusivo está firmado por los fiscales Néstor Coronel y Alma Zayas de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA). Ambos agentes fueron recusados esta madrugada por la Abg. Raquel Talavera, defensora de Fernando González Karjallo, pero el fiscal General del Estado Emiliano Rolón Fernández dispuso que ambos presenten el escrito.
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Por Resolución N° 2593 el titular del Ministerio Público concluyó que el requerimiento conclusivo “es un actividad que no admite dilación, independientemente de las contingencias que se han presentado en el caso, de conformidad a lo establecido en el artículo 346 del Código Procesal Penal”, en consecuencia dispuso que los agentes encargados de la investigación presenten la acusación, a pesar de la recusación planteada por la defensa.
La presente causa surgió a partir de la Sentencia Definitiva N° 515 de fecha 17 de diciembre de 2021, dictada por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por la jueza Claudia Criscioni e integrado por Yolanda Morel y Yolanda Portillo, que condenó a 15 años de cárcel a Ramón González Daher por usura, lavado de dinero y denuncia falsa; y a Fernando González Karjallo a 5 años de prisión por lavado de activos.
Presunto lavado de dinero fruto de la usura
Según la acusación, de los informes recabados de entidades bancarias, primeramente, se obtuvo información que Ramón Mario González Daher, Fernando González Karjallo y, Delcia María Karjallo de González, tuvieron cuentas, tanto en guaraníes como en dólares, con titularidad en conjunto desde el año 2004.
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Agrega que la Sentencia Definitiva N° 515 menciona que en estas cuentas bancarias se realizaron los depósitos de dinero proveniente del hecho punible de usura, realizado el ex dirigente de la Asociación Paraguaya de Fútbol Ramón Mario González Daher, cuya calificación se encuentra establecida en el artículo 193 del Código Penal.
En ese contexto, la fiscalía resalta que entre los años 2014 y 2019, esas transacciones fueron utilizadas como inversiones en varios Certificados de Depósito de Ahorro (CDA) emitidos por los bancos Basa y Sudameris, a nombre del RGD, su esposa y su hijo.
Comiso de bienes
Los fiscales de Delitos Económicos piden el comiso especial de bienes de los tres acusados, argumentando que con la comisión del hecho punible acusado, los mismos obtuvieron bienes, motivo por el cual se justifica que deban ser privados de dicho patrimonio, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Código Penal.
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El juez Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú deberá resolver si admite la acusación y fijar fecha para la preliminar.