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No se podía utilizar la “cuenta única”, denuncia, y constata que Nenecho habría hecho figurar en su rendición de cuentas 2023, montos de dinero que no concuerdan con extractos bancarios. El informe fue presentado hoy ante el Ministerio Público y recomienda investigación.
Tras las denuncias de ABC sobre un desvío de G. 500.000 millones de bonos que eran para obras, la Contraloría General de la República (CGR) realizó un análisis y posterior informe de la utilización de los recursos obtenidos a través de las emisiones de bonos G8 y G9, durante la administración de Óscar Nenecho Rodríguez (ANR-Cartista). El objetivo fue verificar si los recursos se ejecutaron según los objetivos que se habían propuesto, es decir, obras.
En el documento, presentado esta mañana ante la Fiscalía, la CGR explica que se analizaron los ejercicios fiscales 2022 y 2023 y se recibieron informes del intendente “Nenecho” Rodríguez y de la Junta Municipal. La Contraloría alega que Rodríguez se negó responder debidamente cinco ítems solicitados, entre los cuales se citan la ejecución oficial de los gastos e ingresos de los periodos señalados y los extractos bancarios de todas las cuentas bancarias – no solo de los bonos-. Por esta razón, el ente dicta que el alcance de la revisión se vio limitado.
Lea aquí el informe completo sobre la utilización de recursos obtenidos a través de la emisión de bonos de la tesorería de la Municipalidad de Asunción:
La versión de Nenecho: bonos fueron a combustible, leche, transporte y otros gastos corrientes
El intendente remitió a la Contraloría una lista de gastos en los que incurrió, supuestamente con el dinero de los bonos, sin embargo, no agregó documentación respaldatoria, por lo que no hay pruebas de que el dinero se haya utilizado dentro de la Municipalidad de Asunción, según el informe.
Nenecho dice haber gastado G. 287.000 millones en servicios como combustible, cubiertas, reparación de vehículos, uniformes, leche, servicios de transporte, entre otros. Asimismo, destinó supuestamente G. 50.000 millones en adquisición de maquinarias y herramientas. También alega que gastó G. 155.000 millones en pago de capital e intereses de bonos.
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Todo esto es considerado como gastos corrientes según el clasificador presupuestario, precisa el informe. La CGR dicta que el uso de los bonos en gastos corrientes está expresamente prohibido en la Ley Orgánica Municipal 3.966/10 en su artículo 197: “se prohíbe realizar operaciones de crédito público para financiera gastos corrientes”.
Lo grave es que el informe del director Financiero municipal, Edwin López, no adjunta ni una sola documentación que respalde los gastos, solo se trata de una explicación genérica, reporta la Contraloría.
“Cuenta única” de Nenecho no podía ser usada como excusa para desvío de bonos
La Contraloría asegura que la figura de la cuenta única no puede ser utilizada por las municipalidades. Explica que ha hecho un pedido de informe al Ministerio de Economía, que fue respondido con los detalles de cómo funciona la cuenta única en el Gobierno Nacional.
El informe enumera una serie de requisitos para que el sistema de cuenta única pueda funcionar, entre estos, el dinero debe estar depositado en una cuenta del Banco Central del Paraguay, lo que no se cumplió en el caso de la comuna. Además, la institución debe “garantizar la disponibilidad de los recursos”, lo que la municipalidad no ha podido hacer, afirma el informe.
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Asimismo, indica la Contraloría, el espíritu de este sistema es solamente utilizar los “excedentes” en momentos en los que los gastos son mayores los ingresos y devolviéndolos cuando los ingresos son mayores a los gastos, algo que nunca ocurre en la comuna de Asunción.
Finalmente, además de que el dinero debería estar en una cuenta única, se debían crear “subcuentas” electrónicas y todos los gastos e ingresos debían estar debidamente registrados en este sistema de contabilidad electrónico.
Cuenta única de Nenecho no existía
La CGR afirma que la Municipalidad y la Junta Municipal “aplicaron mediante la ordenanza una modalidad que no estaba autorizada en las normativas legales de vigencia”. Agrega que la cuenta única “no puede ser aplicable a un gobierno municipal” debido a que “está en conflicto con la Ley Orgánica”. Critica que la ordenanza 175/18, por la que la comuna crea el sistema de cuenta única, es una copia de la Ley 5.097/13, sin “el previo análisis obligatorio”, según la CGR.
La CGR asevera que no se identificó la entidad bancaria que fue utilizada en la modalidad de Cuenta única del tesoro municipal “ni el saldo disponible durante los ejercicios fiscales 2022 y 2023″. Agrega que al revisar los balances de los años 2022 y 20223 no se visualiza ninguna “cuenta única” bancaria.
Municipalidad de Asunción no tiene capacidad para reponer el dinero
Otro motivo por el que la CGR manifiesta que la municipalidad no puede utilizar el sistema de cuenta única, es que no tiene capacidad de reponer los fondos utilizados. “Los excedentes destinados a gastos que no corresponden al fin declarado para la obtención de los bonos no podrán ser repuestos por la comuna, ya que la administración municipal, históricamente cuenta con un balance de gastos corrientes que apenas es cubierto con sus ingresos genuinos”, dicta.
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“Es improbable que las deudas comprometidas para infraestructura por la municipalidad puedan ser cubiertas con impuestos y es imposible que su reposición pueda ser realizada en el corto plazo”, añade la CGR. De esta manera se viola el espíritu de la normativa, según el ente contralor.
Así también, el ente contralor resalta que el monto de los intereses que deberán pagar por los bonos G9 superan incluso el monto que fue prestado. La comuna recibió G. 195.000 millones por el bono G9 pero deberá devolver con intereses un total de G. 421.898 millones. Los intereses son el 54% del total a pagar.
Nenecho: monto en balances no coincide con extractos bancarios
La Contraloría encontró además que había una diferencia de G. 20.000 millones entre lo que el intendente hizo figurar en el balance general 2022 y lo que realmente aparece en las cuentas bancarias de los bonos G8. En el balance, el intendente mostró tener supuestamente G. 218.000 millones al cerrar el año, pero en los extractos figuraba un monto menor: G. 197.999 millones. De esta manera, la CGR asevera que se modificó la “situación financiera real” de la comuna.
Asimismo, la CGR reconfirma que los bonos G8 no fueron utilizados para las obras prometidas. Mientras en los extractos bancarios se puede ver cómo el dinero fue saliendo de las cuentas bancarias en el 2022, la comuna remitió un informe comunicando que no ejecutaron una sola obra con los bonos G8 en el 2022.
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Por otra parte, el informe arroja que también hay diferencias entre saldo inicial de caja y el saldo inicial que se muestra en el extracto bancario de los bonos G8. A inicios del 2023, la comuna afirma en su ejecución presupuestaria de ingresos que tenía un saldo inicial de caja de los bonos G8 de G. 360.000 millones. No obstante, en las cuenta bancaria según el extracto había solo G. 197.999 millones. De esta manera, se encontró una diferencia de G. 162.000 millones.
En su observación n°6, la CGR resalta que la municipalidad adjudicó obras por un monto mayor al que se previó inicialmente en la ordenanza que aprueba los proyectos de inversión. Es el caso de la cuenta de desagüe Itay y Lambaré, que debía costar G. 75.000 millones, pero que finalmente se adjudicó por G. 136.171 millones. La obra terminó costando 81% más, siendo la diferencia de G. 61. 171 millones.
Autonomía municipal no puede ser argumento para no acatar ley
Finalmente, en las conclusiones, la Contraloría recuerda una serie de sentencias judiciales que recuerdan que la autonomía municipal no puede estar en contra de las leyes. Al dar ejemplos de otros casos, el ente contralor resalta: “En cada uno de estos fallos, la Sala Constitucional se ha pronunciado en el sentido de que la autonomía municipal no posee carácter ilimitado”, sentencia.
Recuerda que el artículo 156 de la Constitución Nacional dicta que los municipios “dentro de los límites de esta constitución y de las leyes, gozan de autonomía política”. La Contraloría termina refiriendo que “no resta más que confirmar con toda convicción que la ordenanza municipal 175/18 y su reglamentación son totalmente contrarias a la legislación positiva vigente”.
Asimismo, el informe recomienda a la municipalidad el inicio de acciones investigativas tendientes a aclarar los hechos, identificar a los responsables, y en su caso aplicar las sanciones que resultaren pendientes en el ámbito administrativo. “Los hechos constituyen suficiente fundamento para recomendar la remisión del informe final al Ministerio Público”, termina.
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La agente fiscal Natalia Silva ya tiene una causa abierta por informaciones sobre manejo de bonos en la anterior administración municipal, a cargo de Mario Ferreiro.