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Este lunes se realizó la audiencia preliminar de los subtenientes de Infantería Gustavo Ángel Mármol Azar y Hugo Roque González García, quienes prestan servicios en el Regimiento Escolta Presidencial (REP), ante el juez penal de garantías N° 12 José Agustín Delmás Aguiar. La fiscala Sonia Sanguinés Bidondo, de la Unidad Especializada en hechos punibles contra los Derechos Humanos, se ratificó en su acusación por lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas.
En el desarrollo de la diligencia, la defensa de los militares a través de un incidente planteó el procedimiento abreviado, a lo que la representante del Ministerio Público se allanó, teniendo en cuenta que la condena se podía dar de acuerdo con el marco penal vigente.
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Finalmente el juez José Delmás resolvió, tras analizar los argumentos y presupuestos noramtivos, dictar la condena a dos años a través del procedimiento abreviado, pero con la suspensión de la ejecución de la pena por el mismo periodo de tiempo. En ese mismo contexto dispuso varias reglas de conducta sobre los militares que fueron procesados por lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas.
De acuerdo con datos proporcionados desde el Ministerio Público, las víctimas del hecho estuvieron presentes y tras finalizar la diligencia con esa salida procesal, se mostraron conformes con el fallo.
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Agresión de militares se viralizó y desencadenó en causa penal
De acuerdo con los hechos descriptos en el requerimiento conclusivo de la fiscala Sonia Sanguinés, los subtenientes Gustavo Mármol y Hugo González, fueron filmados cuando “castigaban” a dos efectivos de menor rango, filmación que constituyó precisamente una de las pruebas ofrecidas por el agente del Ministerio Público al presentar su acusación.
En el requerimient,o la fiscala señaló además que los acontecimientos de lesión tuvieron lugar en la noche del 17 de junio del 2023, en las instalaciones del Regimiento Escolta Presidencial, específicamente en la habitación de los fusileros, pero se viralizó en redes sociales recién en octubre del mismo año, motivo por el cual el Ministerio Público tomó cartas en el asunto.
El motivo de la agresión fue de que en horas de la mañana del mismo día las víctimas no realizaron en forma eficiente la práctica de orden cerrado. Por esta situación, los subalternos fueron reprochados por el subteniente Mármol, quien les ordenó que se “encolumnen”, es decir se pongan de pie, tras lo cual fueron golpeados con la madera de la parrilla de una cama, refiere la acusación.
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“De mi parte, vas a comer cuatro”, se escucha decir a uno de los militares con la tabla en la mano, antes de empezar a golpear con toda su fuerza a una de las víctimas en la zona de los glúteos. Entre ambos agresores se turnan para infringir el castigo.
“Conforme a las declaraciones testimoniales vertidas en sede fiscal, se ha comprobado que Gustavo Ángel Mármol y Hugo Roque González fueron los que produjeron golpes en los glúteos a los ciudadanos Alejandro Agustín Aguayo Caballero y Junior Fabián Bogarín Candia”, señaló la fiscala en su acusación.
El Código Penal, en su artículo. 307, inc. 1º “Lesión Corporal en el Ejercicio de funciones públicas, establece lo siguiente: “1º El funcionario, en servicio o con relación a él, realizara o mandara realizar un maltrato corporal o una lesión, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años. En caso leves, se aplicará pena privativa de libertad de hasta tres años o multa…”