Imputación contra senador Hernán Rivas, nuevamente devuelta a la Fiscalía

La Cámara de Apelaciones resolvió devolver a la Fiscalía, por segunda vez, la imputación presentada en contra del senador Hernán David Rivas Román (ANR - cartista), por su título de abogado presuntamente falsificado. Los camaristas cuestionan al Ministerio Público volvió a incurrir en errores e inobservancia procesales y legales, como lo había hecho en enero de este año al presentar la primera imputación.

Hernán David Rivas durante la lectura de su defensa del pedido de Pérdida de Investidura.
Senador Hernán David Rivas Román (ANR - cartista), investigado por su título de abogado presuntamente falsificado.Gentileza

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El Tribunal de Apelación en Penal Segunda Sala de la Capital hizo lugar al recurso planteado por la defensa del senador cartista Hernán David Rivas Román y resolvió devolver al Ministerio Público la imputación presentada el 18 de marzo de 2024 por la fiscal Daniela Benítez en contra del legislador por presunta producción mediata de documentos públicos de contenido falso, respecto a su título de abogado de la Universidad Sudamericana, perteneciente al grupo de la Universidad Americana.

Esta es la segunda vez que los camaristas José Agustín Fernández, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro revoca la resolución del juez de Garantías Miguel Palacios, de admitir el acta de imputación y procesar a Rivas Román. La primera devolución se dio el pasado 8 de marzo, en relación a la imputación presentada el 18 de enero por la fiscal Patricia Sánchez.

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El pasado 8 de marzo el mismo Tribunal de Apelaciones 2ª Sala revocó la admisión que hizo el juez de Garantías Miguel Palacios a la imputación contra el senador cartista Hernán Rivas; y calificó el acta presentada por la fiscal Patricia Sánchez como “escueta, pobre y paupérrima, que presenta la teoría del caso de quien ejerció incluso la Presidencia del JEM, lo cual indudablemente merecía mayor esmero, descripción, relato fáctico, jurídico claro, detalles, fundamentaciones y argumentaciones”.

En la resolución dictada este viernes 21 de junio por el mismo tribunal de alzada, los camaristas señalan que tanto el Ministerio Público como el juez de Garantías “hicieron caso omiso a lo señalado por la Cámara de Apelaciones”, pues, en el caso de la Fiscalía no ha corregido los errores procesales señalados, sino más bien, se limitaron a justificar las actuaciones realizadas en el acta de imputación presentada. Por su parte el juez Miguel Palacios admitió el acta de imputación, incurriendo en el mismo defecto procesal, no teniendo presente lo que expresamente había determinado la Cámara.

Argumentos para devolver imputación contra Hernán Rivas

El camarista José Agustín Fernández (preopinante) resalta en su voto que el Ministerio Público ha tenido una “actitud ambivalente y dubitativa”, ya que primeramente en su contestación con respecto al trámite de oposición, expresó que se ratifica con respecto al acta de imputación 1/24 presentado por la agente fiscal Patricia Sánchez y en contrapartida, en la audiencia de reposición, mencionó que corresponde agotar todos los alcances que dispone el artículo 314 del Código Procesal Penal y que el acta de imputación en cuestión sea nuevamente objeto de control por el Fiscal General del Estado.

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En ese sentido el magistrado concluyó que la imputación ratificada por el Ministerio Publico, con el acta que presentó la fiscal Daniela Benítez el pasado 18 de marzo, “sigue padeciendo de los vicios y defectos señalados antecedentemente y nuevamente en el exordio de la presente resolución”.

A criterio de Fernández, estamos ante un caso de la aplicación la ley procesal “de manera segregada y parcial”, con respecto a la mención y aplicación únicamente del artículo 302 del Código Procesal Penal, “en desmedro de la interpretación sistemática de las normas constitucionales y legales”.

Finalmente el camarista puntualiza que de acuerdo a la Acordada N° 1.631 de la Corte Suprema de Justicia “Para el fortalecimiento del control jurisdiccional del acta de imputación fiscal” , el tribunal de alzada que integra ya se había expidió al respecto a través del Auto Interlocutorio N° 41 del 8 marzo de 2024, en el que indicó en líneas generales que el acta de imputación presentada el 18 de enero, contiene errores procesales que no fueron corregidos en la nueva imputación.

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Presunto título falso de Hernán Rivas

En la Causa Nº 9477/23, caratulada “Hernán David Rivas Román s/ Producción Mediata de Documento Público de contenido falso”, el legislador cartista está siendo investigado por el Ministerio Público debido a la presunta falsificación de su título de abogado.

Según la hipótesis de la Fiscalía, el senador cartista no cursó la carrera de Derecho, como lo acreditan su título y certificado de estudios, los cuales serían presumiblemente falsos. Además, se indica que con estos documentos, Rivas Román habría obtenido la matrícula de abogado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

La sospecha del Ministerio Público es que Rivas Román utilizó el título de abogado expedido por la Universidad Sudamericana, que sería de contenido falso, para ser designado como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, primero por parte de la Cámara de Diputados y luego por el Senado.

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Tanto la fiscala Patricia Sánchez como la agente Daniela Benítez había señalado que los elementos de sospecha en contra del parlamentario colorado son suficientes para justificar la acción investigativa del Ministerio Público, destacando que esta facultad no puede ser coartada.

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