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Una invitación realizada en redes sociales llamó la atención de los internautas y alertó a las autoridades del Parque Ñu Guasú sobre prácticas que se realizarían en sus instalaciones, distintas a las actividades físicas habituales como caminar o correr.
En los últimos días, se viralizó un posteo de un perfil de la red social X en el que internautas hablaban de una práctica conocida popularmente como cruising que se estaría realizando en los sanitarios del tradicional espacio verde.
Pero de qué se trata esta actividad y cuáles son las implicancias legales. Te lo contamos en esta nota.
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¿Qué es el cruising?
El cruising es una práctica social en la que las personas se reúnen en lugares públicos, como parques, baños públicos, o estacionamientos, para tener encuentros sexuales con desconocidos de manera casual y anónima.
Esta práctica es asociada comúnmente a integrantes de la comunidad LGTBI+, aunque también puede involucrar a personas de otros géneros y orientaciones sexuales.
El cruising puede ser considerado como una forma de explorar la sexualidad y en ocasiones se practica como una fantasía erótica.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que el cruising puede ser riesgoso en términos de seguridad y salud sexual, ya que puede poner a las personas en situaciones de vulnerabilidad y riesgo de contagio de enfermedades de transmisión sexual.
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¿Qué dijeron desde el Parque Ñu Guasú?
Janina Rodríguez, administradora del Parque Ñu Guasú, advirtió sobre la convocatoria a este tipo de actividades en el espacio público y aseguró que aumentarán las rondas de patrullaje ante el conocimiento de estos hechos.
Agregó que el monitoreo mediante cámaras de seguridad se realiza las 24 horas del día en algunos puntos estratégicos, por lo que las personas que realizan estas prácticas podrían ser identificadas.
Rodríguez señaló que en la última semana tuvieron una importantísima cantidad de personas que asistieron al parque, por lo que consideran que es imposible que se haya dado en horarios de mucha concurrencia.
Recordó que además de los 35 guardaparques cuentan con la asistencia de la Policía Nacional para la vigilancia de las 65 hectáreas de extensión del espacio. Ante el conocimiento de estos hechos, reforzarán la cantidad de personas a cargo de la vigilancia, dijo a la 1080 AM.
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¿Qué dice la ley sobre este tipo de encuentros?
Recientemente, con la noticia de una pareja encontrada en pleno acto sexual en un vehículo también se puso en discusión la legalidad o no de la aprehensión de estas personas.
En esa oportunidad el abogado José Casañas Levi señaló que si bien no corresponde que sean detenidas, si es correcto interrumpir el acto y comunicar lo sucedido al Ministerio Público por actos exhibicionistas.
“Pueden labrar un acta y comunicar a la Fiscalía por actos exhibicionistas. No corresponde detenerlos. Basta con que la Policía interrumpa la conducta por alteración del orden público, porque es en la vía pública. Se aplica o Ley 222 Orgánica Policial y el Código Civil”, dijo el penalista experto.
Agregó que el exhibicionismo se establece en el Código Penal como un acto que puede ofender el pudor del otro, por lo que está prohibido y representa un delito; sin embargo, para configurar eso una persona debe hacerlo con intención, es decir, dicha intención debe ser comprobable, como en los casos donde un sátiro exhibe su miembro desde su vehículo.