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El funcionario judicial Abg. Néstor Zárate Lovera -acusado por tentativa de hurto de un cheque de Ramón González Daher- promovió este miércoles 5 de junio una acción de inconstitucionalidad contra el Auto Interlocutorio (AI) N° 86 de fecha 16 de mayo de 2024,por el cual el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Segunda Sala, Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado. A través de dicha resolución, la Cámara rechazó la recusación que promovió contra el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos y Corrupción N° 03, de la capital, integrada con las juezas Yolanda Morel de Ramírez, Ana de Jesús Ramírez y Karina Jazmín Cáceres.
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El accionante sostiene que el AI 86 es absolutamente inconstitucional en los términos de la garantía consagrada en los art. 16 y 17 de la Constitución Nacional, porque el Tribunal de Alzada tuvo a la vista al tiempo de emitir el fallo objetado, las constancias del proceso que se le sigue, la causa penal N° 90/2022 “Néstor Zárate Lovera s/ soborno agravado”.
Objeciones a los camaristas que rechazaron recusación
En lo que respecta al Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado de la Capital, Segunda Sala, integrado con los camaristas Arnulfo Arias Maldonado, Digno Arnaldo Fleitas y María Belén Agüero, carecen de independencia al estar juzgando la recusación de una magistrada con dotes especiales, al ser la esposa, cónyuge, compañera sentimental de un ministro de la Corte Suprema de Justicia, de quien dependen jerárquicamente, y para su confirmación, por lo que su independencia se encuentra afectada.
“Es por ello que pese a las pruebas arrimadas contra las miembros del tribunal de sentencia, las mismas han sido confirmadas en el cargo para proseguir con el enjuiciamiento del recurrente, y porque no decirlo, llevándome a una casi segura condena”, refiere Zárate Lovera.
Cuando la independencia judicial se ve comprometida, ya sea por presiones políticas, corrupción o falta de recursos, se pone en riesgo el Estado de derecho y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Por lo tanto, preservar y fortalecer la independencia de los tribunales es esencial para garantizar la justicia y la equidad en cualquier sociedad, refiere el funcionario accionante ante la Corte.
La recusación contra el tribunal de sentencia
En el caso que nos ocupa, la Excma. Corte Suprema de Justicia podrá apreciar en las actas del Juicio Oral, que el Tribunal de Sentencia, presidido por la Abog. Yolanda Morel de Ramírez Candia, no se ha mostrado neutral, sino al contrario ha demostrando predisposición a favor del Ministerio Público, subsanando los errores del mismo, con un viso solapado de legalidad, inclusive en contra de la verdad de los hechos, afirmando que el, en ese entonces aprehendido Cristian Rogelio Cabrera Balbuena, habría firmado las Actas de Procedimiento Policial y Fiscal en carácter de testigo, lo que no se ajusta a la verdad, siendo que estaba aprehendido en ese entonces en la misma causa.
Luego en abierta violación del Art. 394 del CPP, el Tribunal de Sentencia, presidido por la Abog. Yolanda Morel de Ramírez, dispone la realización de una nueva pericia de “extracción de datos al teléfono celular incautado”, pese a existir una pericia de extracción de datos obrante en autos ya realizada por el Ministerio Publico, cuyo informe y resultado se encuentra en el Expediente Judicial.
En este punto cabe resaltar que el perito designado por el Ministerio Público y que ha realizado la pericia ha sido cesado en su cargo y esto hace que el Ministerio Publico se quede sin prueba y sin testigo que ha ofrecido.
La única manera de subsanar la negligencia del representante del Ministerio Publico, es realizando una nueva pericia “Extracción de Datos” en contra de lo establecido en el Art. 394 del Código Procesal Penal (CPP), en perjuicio del encausado.
Esta actitud y decisión del Tribunal de Sentencia en nada demuestra su neutralidad, sino totalmente lo contrario, aparte de pretender imponer una prueba pericial en un estadio procesal inoportuno. Por lo que se procedió a Recusar al mismo, dice parte del escrito de inconstitucionalidad que promovió el funcionario Zárate Lovera.
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Según la acusación, Zárate ofreció dinero a su compañero para que hurte cheque de RGD
La acusación presentada por el entonces fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Osmar David Legal (actual juez) revela que el 30 de septiembre de 2022, Néstor Zárate Lovera, funcionario del Juzgado de Garantías Nº 7 de la capital, se presentó en el Juzgado de Garantías Nº 9, a cargo del juez Rolando Duarte, y consultó sobre una causa en particular.
Siempre según la acusación, Zárate preguntó por la causa caratulada “Ramón González Daher s/ Quebrantamiento de Depósito y Extorsión” y solicitó al funcionario Iván Fleitas que le informe sobre el requerimiento conclusivo y la posibilidad de ubicar cheques presentados en el marco de dicha causa.
El escrito de Fiscalía relató que el acusado le solicitó a Iván Fleitas foto de la acusación de dicha causa y este le remitió fotos del cheque al cual tenía intenciones de acceder, todo esto a fin de que Fleitas procediera a buscar y le facilitara el cheque.
Ya en fecha 12 de octubre de 2022, en una reunión que mantuvo con Iván Fleitas, el acusado Zárate le dijo que había la suma de G. 500.000 para cada uno si lograban ubicar el cheque que se encontraría como evidencia en la causa tramitada ante el Juzgado Penal de Garantías Nº 9.
A las 13:30 del siguiente día (13 de octubre) se produjo un encuentro fortuito entre Fleitas y Zárate en la Plaza de la Justicia, frente al Palacio de Justicia de Asunción, donde Zárate le entregó G. 200.000 a Fleitas, ya que no le fueron entregados los documentos requeridos.
Minutos después se dio un nuevo encuentro en la vía pública, frente al local gastronómico Ña Eustaquia, donde Fleitas le entregó a Zárate un sobre de papel y al ser visualizado el acto se procedió a la aprehensión de Néstor Zárate Lovera en flagrancia, todo esto con orden judicial.
Funcionario acusado dice que “todo es falso”
En declaraciones a ABC, el funcionario judicial Néstor Zárate sostuvo que es inocente y cuestionó entonces al fiscal Legal porque, afirmó, se basó únicamente en la declaración de Fleitas para acusarlo por soborno agravado.
“Es totalmente falso que le haya ofrecido G. 500.000 a Fleitas para que saque el cheque del juzgado. Eso se puede corroborar con la grabación de la llamada que le hice”, expresó Zárate.
Tras conocer la decisión de la Cámara, de confirmar el proceso penal, el funcionario contactó con ABC para sostener su inocencia y afirmar que demostrará su verdad en el juicio oral y público.
“Nunca se pidió ningún cheque ni mucho menos se ofreció dinero”, expresó el funcionario judicial, quien afirmó que los fiscales a cargo de su caso violan el artículo 322 del Código Procesal Penal, referente al carácter reservado de las actuaciones.
Abogado supuesto instigador favorecido con provisional
El abogado José León Ávalos Chávez, procesado como supuesto instigador en el caso de intento de hurto de cheques de Ramón González Daher, obtuvo el sobreseimiento provisional de la causa penal, en mayo de 2023.
La Fiscalía argumentó que no cuenta con elementos suficientes para llevarlo a juicio oral, por lo que solicitó tiempo para realizar algunas diligencias más que podrían sostener una acusación.