Bonos de “Nenecho”: ordenanza no justifica uso créditos para salarios, señala exconcejal

El ex concejal colorado Julio Ullón, proponente de la ordenanza que el intendente Óscar “Nenecho” Rodríguez usó como justificación para el desvío hacia el pago de salarios de fondos exclusivos para obras, dijo que la normativa que impulsó solo autoriza que se utilicen fondos institucionales de forma libre, no así los de créditos públicos como los 500.000 millones de guaraníes faltantes en las cuentas de la Municipalidad.

Óscar "Nenecho" Rodríguez, intendente de Asunción.
Óscar "Nenecho" Rodríguez, intendente de Asunción.gentileza

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En comunicación con ABC Cardinal este martes, Julio Ullón, ex concejal municipal de Asunción, habló sobre el argumento presentado días atrás por la Municipalidad de Asunción para justificar el uso de fondos de bonos –de uso exclusivo para la realización de obras y no para gastos corrientes– para el pago de “prestaciones de servicios”.

El intendente de Asunción, Óscar “Nenecho” Rodríguez (ANR, HC), y su equipo, cuestionados por el faltante de más de 500 mil millones de guaraníes de los bonos en las cuentas bancarias de la Municipalidad, justificaron su actuación señalando una ordenanza implementada en 2018 que, según explicó el jefe comunal, establece una cuenta única para los recursos municipales y, por lo tanto, permite el uso de esos fondos tanto para obras como para pago de prestaciones de servicios.

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Sin embargo, el exconcejal Ullón, quien fue el proponente de la ordenanza a la que aluden el intendente Rodríguez y su equipo, dijo que esta no puede ser utilizada como justificación para el uso de fondos del crédito público -de los bonos– para el pago de gastos corrientes.

Ullón explicó que el sistema de “cuentas únicas” para la administración de recursos públicos se creó por ley en 1999 y que en 2015, cuando comenzó el periodo administrativo municipal en que él fue concejal de Asunción por el Partido Colorado, durante la administración de Mario Ferreiro, la Intendencia tenía una resolución que reglamentaba la figura de la cuenta única metiendo todos los recursos institucionales, de cualquier origen, “en la misma bolsa”.

Bajo ese sistema, la administración de Ferreiro hacía préstamos entre cuentas, que luego reponía, para cubrir déficits temporales de caja, agregó.

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“Algunos concejales consideramos que eso no era muy claro en la administración, porque existían recursos que tenían un fin específico como los empréstitos, que solo pueden ser usados para un cierto tipo de gasto, o el impuesto inmobiliario, que solo el 40 por ciento se puede destinar a gastos corrientes”, relató.

Recursos de créditos no son de libre disponibilidad

Julio Ullón, exconcejal municipal de Asunción.
Julio Ullón, exconcejal municipal de Asunción.

Agregó que en virtud de esa noción y de una ley de 2012, cuyo espíritu era separar los recursos públicos de libre disponibilidad y los de uso específico, propuso la ordenanza en 2018.

El exconcejal indicó que el artículo 6 de esa ordenanza permite excluir de la cuenta única municipal los recursos financieros que, por disposiciones legales, deben tener usos específicos, como los recursos de crédito público como provenientes de los bonos, identificados como “Fuente 20″.

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Además, el artículo 8 establece que solo los recursos institucionales, conocidos como “Fuente 30″, pueden ser utilizados dentro de la cuenta única con libre disponibilidad, siempre que estos no sean requeridos.

“El objetivo principal era disminuir los préstamos de corto plazo que se dan dentro de la administración pública para pagar menos intereses”, subrayó. “Que todos los recursos de libre disponibilidad puedan ser utilizados, mientras no sean requeridos, para cubrir el déficit temporal de caja”, agregó.

Además, indicó que en su artículo 20 la ordenanza establece que la Intendencia no puede “realizar actos que comprometan al crédito público (Fuente 20)” sin autorización de la Junta Municipal, algo que la administración del intendente Rodríguez no tuvo para destinar los fondos de los bonos al pago de “prestaciones de servicio”.

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“Desde mi óptica, (la ordenanza) no puede ser utilizada como argumento jurídico para justificar el destino del crédito público a gastos corrientes”, opinó el exconcejal Ullón. “Los empréstitos deben tener cuenta única y tienen destino específico”, acotó.

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