Esto dice el documento de entendimiento entre Paraguay y Brasil

El documento de entendimiento entre Paraguay y Brasil sobre directivas relacionadas con la energía de Itaipú Binacional al que ABC tuvo acceso contiene una serie de puntualizaciones que reproducimos a continuación. El mismo aún no cuenta con la firma del canciller de Brasil, Mauro Vieira, quien se encuentra en Portugal.

Un sector de la Central Hidroeléctrica Itaipú, en el Río Paraná, entre Paraguay y Brasil.
Un sector de la Central Hidroeléctrica Itaipú, en el Río Paraná, entre Paraguay y Brasil.Central Hidroeléctrica Itaipú

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A continuación, reproducimos in extenso el documento de entendimiento sobre Itaipú entre Paraguay y Brasil que el gobierno aún no ha hecho público oficialmente, pero cuyo contenido fue confirmado a ABC por una alta fuente:

“En la ciudad de Asunción, República del Paraguay, en fecha 16 de abril de 2024, se celebró una reunión entre representantes de la República del Paraguay, y de la República Federativa del Brasil, para definir directivas relacionadas con la Entidad Binacional Itaipú.

Por el lado brasileño, participaron el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Mauro Vieira, y el Ministro de Minas y Energía, señor Alexandre Silveira. Por el lado paraguayo, participaron el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Rubén Ramírez, y el Ministro de Industria y Comercio, Señor Javier Giménez.

En dicha reunión, los representantes de ambos países acordaron los siguientes entendimientos:

  • La tarifa de ltaipú será de U$ 19,28 /kW mes, la cual se aplicará en los años 2024, 2025 y 2026;
  • El precio de la energía eléctrica que se transmitirá al consumidor brasileño será el que figura en la Resolución Homologatoria ANEEL n” 03/2023;
  • Brasil y Paraguay aceptan mantener la vigencia de los términos del acuerdo operativo del año 2007 por este periodo (2024-2026);
  • Paraguay acuerda aumentar la contratación de la potencia en al menos un 10% por cada año a partir del año 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir del 1 de enero de 2027, y para los años subsiguientes, el Paraguay se compromete a contratar acorde a todas sus necesidades;
  • Paraguay tendrá la posibilidad, de inmediato, de vender su energía al mercado libre brasileño, de acuerdo con las normas actualmente vigentes en el Brasil;
  • Después del ejercicio 2026, las Altas Partes se comprometen a aplicar una tarifa que refleje únicamente el costo estricto de operación de la entidad binacional, previsto en el Anexo C del Tratado de Itaipú, sin incluir costos discrecionales;
  • Las partes se comprometen, en la revisión del Anexo C del Tratado de ltaipú, que la parte paraguaya de la energía de Itaipú, no consumida por el Paraguay, podrá ser vendida libremente al mercado brasileño por el Paraguay.

Los dos Gobiernos acuerdan que las directrices anteriores deberán guiar las medidas oficiales posteriores de ambos países relativas a la ltaipú Binacional

Las Altas Partes se comprometen a concluir la revisión del Anexo C del Tratado de ltaipú antes del 31 de diciembre de 2024. El texto final del Anexo C revisado deberá contener los términos de este entendimiento”.

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