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César Campiz Leguizamón fue condenado en su carácter de encargado del Bar Moe, ubicado hasta enero pasado en el barrio San Pablo de Asunción. El empresario obtuvo una pena de dos años, con suspensión a prueba, por la comisión del hecho punible tipificado en el artículo 198 del Código Penal, contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos.
Según los antecedentes del caso, el citado local era denunciado constantemente desde su apertura, en el año 2019, por la producción de constantes ruidos molestos. Numerosos vecinos realizaron los mismos reportes y en una ocasión el bar fue multado por la Municipalidad de Asunción, pues solo estaba habilitado para ser explotado como bodega.
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El bar cerró en enero
Pese a la sanción administrativa, el local nocturno siguió con los altos decibeles de sonidos y vecinos realizaron reportes por varios meses. La agente fiscal Lorena Ledesma, de la Unidad Especializada de Delitos Ambientales de Asunción y el departamento Central, representó al Ministerio Público en el juicio oral que resultó en la condena con suspensión debido a la falta de antecedentes del acusado y considerando también que el bar finalmente cerró, además de otros elementos.
El empresario deberá cumplir con varias reglas de conducta y realizar donaciones al Instituto Nacional del Cáncer (Ineram) como servicio a la comunidad.
El Tribunal de Sentencia de la capital estuvo presidido por la jueza Laura Ocampos, y compuesto por Cándida Fleitas y Mesalina Fernández.
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