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Rolando Díaz, de la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom), comentó sobre el decreto N.º 1400 que detiene la apertura de nuevas gasolineras en áreas urbanas del país. Aclaró que el decreto no viene a suspender el acceso al mercado de estaciones de servicio de forma directa. “Viene a suspender la emisión de las evaluaciones de impacto ambiental”, señaló.
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Destacó que el decreto se limita solo en zonas donde ya hay una alta concentración de estaciones de servicio. “No se aplica este decreto en las zonas rurales”, aclaró.
Subrayó que a la Conacom no le toca evaluar los informes técnicos, que son el sustento de este decreto. “Surge la necesidad de evaluar si corresponde o no realizar una regulación que podría restringir la competencia”, manifestó.
Aclaró además que el decreto es transitorio. El regulador decide suspender la evaluación y emisión de impacto ambiental hasta que el Mades tome las medidas necesarias.
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En ese sentido, refirió que la Conacom debe considerar si el período es razonable desde el punto de vista de la competencia. “La norma establece limitaciones a la competencia, pero es necesario analizar si estas limitaciones son proporcionales y no discriminatorias”, dijo.
“Existe una necesidad de suspender como medida de urgencia. El informe indica que el Mades no tiene una normativa específica para regular el proceso de otorgamiento de licencias ambientales en este caso”, sostuvo.
Las recomendaciones en términos de competencia siempre estarán encaminadas a que las reglas no discrimine a nadie, según aclaró.