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El abogado Osvaldo Bittar, querellante adhesivo, con patrocinio del abogado Selmar Moreno, presentó ante el Juzgado Penal de Garantías Nº 11, a cargo del juez Yoan Paul López Samudio, la ampliación de su acusación y a la vez solicitó la reapertura de la causa así como la elevación de la causa a juicio oral y público para la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Irún Ayala.
Irún fue removida de sus funciones en el año 2021 por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que concluyó que incurrió en mal desempeño de funciones al entregar más de 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en el Chaco a empresas que según la querella serían de maletín, en una zona que la ley prevé como de Seguridad Fronteriza.
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El Ministerio Público tiene plazo hasta el jueves 4 de abril para presentar su requerimiento conclusivo.
La causa penal está identificada como Nº 72/2020 “Tania Carolina Rosa Irún Ayala s/ prevaricato”.
Antecedentes del presunto prevaricato
El 31 de enero de 2022 se produjo la imputación con el acompañamiento de la querella adhesiva en contra de la abogada y hoy exmagistrada Tania Carolina Rosa Irún Ayala, por el hecho punible de prevaricato. Sin embargo, en la audiencia preliminar la imputada fue beneficiada con el sobreseimiento provisional el 4 de abril de 2023.
La denuncia penal fue realizada el 8 de junio de 2020 por el Sr. Evaristo Fernández, bajo patrocinio de abogado en su carácter de feligrés de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, cuando la entonces magistrada Ayala Irún se desempeñaba como jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del décimo quinto turno de la ciudad de Asunción, por el hecho punible de prevaricato.
La agente fiscal adjunta de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, María Soledad Machuca Vidal, dispuso la asignación de la agente fiscal de la Unidad Especializada en Delitos Económicos (UDEA) Natalia Fúster Careaga, de la Unidad 3, en fecha 29 de junio de 2020.
La abogada Tania Carolina Rosa Irún Ayala fue removida del cargo de jueza por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) de acuerdo a la Sentencia Definitiva (SD) Nº 37/21 de fecha 9 de noviembre de 2021, por haber dictado la SD Nº 494 del 23 de noviembre de 2018, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”.
El JEM sostuvo que mediante la SD 494 se apartó flagrantemente de la Ley N°2532/05 de Seguridad Fronteriza de la República, al hacer lugar a la demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments, en contra de la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, intimándola a entregar más de 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en la región Occidental, en el departamento de Alto Paraguay, a las cuatro firmas mencionadas.
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Beneficio ilegal a las firmas
La querella sostiene que las cuatro empresas beneficiadas por el fallo de la exjueza Irún Ayala, no se encontraban constituidas en la República del Paraguay, hasta la fecha.
Estas firmas tampoco se encontraban en el citado expediente judicial al momento de dictarse sentencia definitiva, además no había constancias acerca de las identidades de los accionistas de estas empresas, ni el tipo de acciones que conformaban las mismas.
“De ahí la flagrancia alevosa del actuar de la hoy acusada, denotándose su pleno conocimiento que los inmuebles objetos del litigio se encontraban dentro de la ley de zona de seguridad fronteriza, pero aún así, de todos modos la transgredió”, refiere la querella adhesiva.
Los demás cuestionamientos a la conducta de la exjueza
Asegura la querella, que en la misma fecha que la ahora exjueza regresó de su permiso de maternidad el 23 de noviembre de 2018, la hoy acusada dictó la S.D- N°494 a los efectos de violar la Ley de Seguridad Fronteriza y materializar el acto entreguista de la soberanía nacional con el dictado del fallo cuestionado que finalmente le costó su destitución del cargo de magistrada.
Según el informe de la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia, determinó que la SD N° 494 del 23 de noviembre de 2018, ya fue elaborada el 20 de noviembre de 2018, a las 9:25, por el usuario identificado como Liz Karol Cáceres Candia con usuario lk_caceres,y finalizada informáticamente por el mismo usuario en fecha 23 de noviembre de 2018, a las 13:02.
Al volver de su permiso de maternidad, la exjueza Irún Ayala fue quien alzó la SD al Sistema Judisoft, preconfeccionada desde la computadora de una funcionaria de su juzgado, quien tal vez no la haya elaborado intelectualmente, sino más bien se habría limitado a formatearla de un borrador (apunte), refiere la acusación de la querella.
Conocimiento de tierras ubicadas en zona de seguridad fronteriza
Los querellantes también hacen referencia a la dolosa actuación de la entonces jueza Tania Carolina Rosa Irun Ayala ya contaba con pruebas fehacientes que los inmuebles objetos del juicio se encontraban dentro de la franja de 50 kilómetros adyacentes a la línea de la frontera nacional. Este extremo se demuestra por medio de la Nota N° 243 de fecha 18 de septiembre de 2018 –2 meses y 5 días antes del dictado de la sentencia– remitida por el Servicio Nacional de Catastro (SNC), dirigida a su Juzgado, en respuesta al Oficio N° 618/18, donde se le informa que las fincas detalladas se encontraban en la Zona de Seguridad Fronteriza.
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La querella sostiene que las firmas beneficiarias de las 310.000 hectáreas de tierras chaqueñas, Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments, serían de maletín, es decir creadas al solo efecto de beneficiarse con el “fallo entreguista”, al decir de la querella.
“Las empresas Cusabo Limited y Kyveloria Limited, dos de las beneficiadas por la ilegal sentencia dictada por la hoy acusada, según el Acta de Constitución arrimada a la carpeta fiscal, la mismas se encuentran constituidas por un irrisorio capital de 1.000 Euros, dividido en un paquete accionado consistente en 1.000 acciones de 1 Euro cada una, con la facultad de la razón social de aumentar o reducir dicho capital, desprendiéndose esta situación de lo que se aprecia del Punto N°5 de ambos Estatutos Sociales.
Cusabo Limited y Kyveloria Limited pertenecen a un único socio de nombre Hyoung Luy Kim. El capital social es claramente insuficiente e irreal con relación a la porción de tierras que la hoy acusada ordenó transferir a las mismas. El solo hecho de que dos sociedades sean constituidas por un solo socio ya contraría a nuestra legislación, indica la querella.
Promovió inconstitucionalidad
Tras su destitución por parte del JEM, la ex magistrada Irún recurrió por medio de una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia, para rever su remoción.
La mencionada acción se encuentra pendiente de resolución en la Sala Constitucional.