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A través del AI N° 82 el juez penal de garantías en Delitos Económicos Rodrigo Enmanuel Estigarribia Benítez, desestimó y ordenó el archivamiento de la denuncia formulada por el abogado Marciano Daniel Lobo Corbeta por presunto prevaricato, en contra de la jueza penal de garantías en Crimen Organizado Rosarito Montanía de Bassani. Esto, en base al pedido hecho por la fiscala Alma Zayas, de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción, el 27 de noviembre de 2023.
El abogado Daniel Lobo había denunciado a la magistrada por haber autorizado por medio del AI N° 230 del 30 de julio de 2021, la intervención de comunicaciones telefónicas, en el marco de la investigación denominada “Caso Cali”, entre Juan José Dubini Franco y Lobo, a quien el primero identificaba como “Dani primo”, quienes por entonces mantenían frecuentes conversaciones por teléfono.
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Tras analizar el caso, el juez Estigarribia señaló en su resolución que “se puede concluir que la jueza obró dentro del marco legal, pues existen normas que actúan como causa de justificación para vulnerar el derecho a la comunicación y, además, su decisión fue debidamente fundada debido a que se generó luego de varias solicitudes del Ministerio Público, institución que su vez respaldó su requerimiento de intervención sobre notas remitidas por la SIU de la SENAD”.
Por ende, sostuvo el magistrado que “se puede afirmar que la jueza no violó el derecho, entonces, su conducta no se subsume en este elemento objetivo del tipo de prevaricato y, por ende, resulta innecesario proseguir con el análisis de los demás elementos constitutivos del tipo penal de referencia”.
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Denuncia de abogado contra la jueza
De acuerdo con los antecedentes del caso, el abogado Daniel Lobo denunció a la jueza Rosarito Montanía porque esta última, autorizó la intervención de comunicaciones entre él y Juan José Dubini Franco, supuestamente violando el derecho de confidencialidad entre abogado y cliente.
En ese sentido, la resolución judicial que autorizó dicha interceptación de llamadas fue el AI N° 230, que estuvo “sustentada en virtud a un informe oficial realizado por parte de la Policía Nacional donde consta datos de inteligencia recibidas y procesadas que presumiblemente daban indicios preliminares sobre el actuar de una posible organización criminal dedicada al tráfico internacional de drogas con la utilización de aeronaves, la cual estaría operando en el Chaco paraguayo y en razón a ello un número que habría sido utilizado por una persona del sexo masculino identificada como ‘Dani Primo’ presumiblemente miembro de la organización o, en su caso, personas cercanas a los objetivos”.
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Ese hecho dio pie a la denuncia del abogado Lobo, tras la cual la fiscala Alma Zayas llevó a cabo diligencias y en el marco de ellas se cosntató que el AI N° 230 “fue resuelto en el marco de la causa N° 2077/2021 caratulada ‘Investigación Fiscal s/ presunto hecho punible previsto en la ley 1340/88 y su modificatoria’ (Caso Cali)”. Además, se solicitó el cuaderno de investigaciones al fiscal Osmar Segovia, actual encargado del caso que en sus inicios estuvo a cargo del entonces fiscal Eduardo Royg.
En este mismo orden, la fiscala Zayas corroboró que la investigación penal se inició con la nota JUS N.° 190/2021 del 18 de marzo de 2021 y que fue ingresada al sistema de denuncias penales el 22 de marzo de 2021. Posteriormente se llevaron a cabo varias diligencias por parte de la SIU de la Policía Nacional, que vía nota iba informando al Ministerio Público, para que este después solicite las intervenciones pertienentes. Así fue que, el 30 de julio de 2021, se presentó el pedido de intervención que dio lugar al AI N° 230.
El denunciante, abogado Lobo, había señalado que la intervención telefónica se hizo en el marco de la causa N.° 5314/201 caratulada: “Juan José Dubbini Franco y otro s/ Ley 1881/2002 que modifica la ley 1340. Ley 6.739 Crimen Organizado” a cargo del entonces fiscal Eduardo Royg, “sin embargo, no condice la realidad, ya que la solicitud de intervención de comunicaciones se realizó en el marco de la causa N.° 2077/2021 caratulada: ‘investigación fiscal s/ supuesto hecho punible previsto en la ley 1340/88 y su modificatoria’ (Caso Cali)”, cuando Lobo aún no era defensor de Juan José Dubini Franco.
Enfrentados en otra causa
El abogado Marciano Daniel Lobo Corbeta y la jueza penal de garantías de Crimen Organizado Rosarito Montanía, se ven involucrados como defensa y veedora del proceso penal, respectivamente, también en la causa denominada A Ultraza Py, en la que Lobo Corbeta se desempeña como defensor técnico del procesado por lavado de activos en asociación criminal José Alberto Insfrán Galeano.
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Y también en la causa relacionada al caso Cali, en la que está procesado Juan José Dubini Franco, de quien es defensor. El procesado fue acusado por el Ministerio Público como supuesto propietario de los 3.418 kilos de cocaína que fueron incautados en el mes de julio de 2021, en la zona sur de la ciudad de Fernando de la Mora. La mercancía estaba siendo cargada en un contenedor entre bolsas de azúcar orgánica.
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En el marco de esta última causa, Juan José Dubini Franco, su hijo Juan José Dubini Verdún, detenidos entre el 28 y el 30 de agosto de 2021, así como también para los abogados Bruno Vicente Ciancio Amarilla, alias “Viejito”, y Alberto Julián Martínez Romero, alias “Gordo”, apresados el 26 de agosto del año 2021. Sin embargo, hasta el momento no se pudo llevar a cabo la audiencia preliminar por las incesantes chicanas planteadas, principalmente, por la defensa de Dubini Franco.