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El tribunal de sentencia que juzgará al exministro del Interior Walter Bower Montalto, y los comisarios Merardo Palacios Melgarejo y Osvaldo Javier Vera Espínola, iniciará el juicio oral y público por supuesta tortura el próximo sábado 24 de febrero de 2024, a las 8:00. La audiencia pública debió iniciar este miércoles 14 de febrero a las 13:00 pero en atención al pedido de suspensión que realizó la defensora pública Nilse Pérez Ávalos, se difirió para la fecha señalada.
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La defensora pública alegó que recién asumía la defensa de Palacios Melgarejo y necesitada de un plazo prudencial para obtener las fotocopias del expediente judicial así como para interiorizarse de su contenido.
El tribunal de igual manera advirtió y puso a conocimiento de las partes, que el juicio oral se realizará en días y horas inhábiles debido al “colapso” de audiencias, como lo llamaron los miembros del colegiado. Inclusive, el juicio se podría realizar los días domingos, pero previamente de suceder este hecho, se pondrá a conocimiento de las partes, indicaron.
Además de los acusados, también estuvieron en la audiencia pública los fiscales Sonia Sanguines y Luis Chamorro, así como los representantes de la querella adhesiva abogados Rolando Agustín Alum y Carlos Francisco Álvarez Jara.
El exministro del Interior Bower Montalto estuvo asistido por sus defensores los exfiscales René Fernández y Gilvi Quiñónez.
El abogado Secundino Méndez representa al acusado Osvaldo Vera Espínola.
El tribunal de sentencia que preside el juez Fabián Weisensee está además integrado con las juezas Cándida Fleitas y Laura Ocampo.
El expediente judicial está caratulado “Basilio Pavón, Merardo Palacios, Osvaldo Vera y Walter Bower s/ lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas”, N° 2606, Año 2000.
Walter Bower y policías procesados por tortura, absueltos en el primer juicio
En un primer juicio oral y público los procesados Walter Bower Montalto, Merardo Palacios Melgarejo y Osvaldo Javier Vera Espínola fueron favorecidos con la absolución en el caso de supuesta tortura previsto en el art. 309 del Código Penal.
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“Este Tribunal de Sentencia no contó con pruebas científicas que nos otorguen el grado de certeza de que estas personas hayan sido apremiadas de manera física”, indicó en parte de los argumentos por la absolución el juez Carlos Hermosilla, y agregó que en cuanto a testimonios recibieron “versiones antagónicas, contrapuestas de lo que habría ocurrido”.
El juez Víctor Medina también se sumó a esta postura, indicando que ante las dudas sobre las acusaciones, optó por la absolución.
La magistrada Rossana Maldonado (votó en disidencia), por la condena. Consideró que se ha demostrado la tortura, basándose en los testimonios y sobre todo en el estudio victimológico que constató “daños comunes en las víctimas y los daños particulares”, frutos de la presunta tortura.
El fiscal Santiago González Bibolini solicitó en aquel juicio oral la condena de Bower y de los excomisarios por ser los responsables de los apremios físicos por los que fueron afectados las víctimas que promovieron la querella.
Posteriormente, la Cámara de Apelaciones Tercera Sala, por Acuerdo y Sentencia Nº 22 del 27 de abril de 2021, anuló la Sentencia Definitiva Nº 1 del 30 de diciembre de 2019, emanada del tribunal de mérito, y reenvió la causa para un nuevo juicio oral y público.
La acusación de la Fiscalía por los hechos de lesa humanidad
Para el Ministerio Público se demostró que varios uniformados sufrieron apremios físicos, entre ellos Jorge Luis López, en sede de la comisaría 11ª Metropolitana, y Alfredo Cáceres en la Marina, el 19 y el 21 de mayo del año 2000, respectivamente. Las víctimas refirieron que Walter Bower, entonces ministro del Interior, presenció la manera en que fueron torturados porque supuestamente se sublevaron contra el gobierno de Luis Ángel González Macchi.
Según las denuncias, los comisarios Osvaldo Vera y Merardo Palacios fueron los encargados de torturar a los uniformados; mientras que el ya fallecido comisario Basilio Pavón –en ese entonces jefe de la comisaría 11ª Metropolitana– fue el encargado de realizar las preguntas y ordenaba las torturas a los supuestos responsables.
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Condenan al Estado paraguayo por la mora judicial
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de la Sentencia del 17 de mayo de 2023, hizo lugar a la demanda promovida por el oficial inspector de Policía Jorge López Sosa contra el Estado paraguayo, que debe pagar en un plazo de 1 año US$ 50.000 de indemnización por daño material e inmaterial ordenado a favor de la víctima de tortura.
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De igual manera, la Corte dispuso el pago de otros US$ 10.000 por costas y gastos del juicio.
La condena al Estado paraguayo es porque la justicia paraguaya no se expidió en un plazo razonable.
La Corte Interamericana en el momento de dictar su fallo por medio de la Sentencia del 17 de mayo de 2023 en el caso de lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas y tortura la causa ya llevaba 23 años de la supuesta perpetración del hecho de lesa humanidad.