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El tribunal de sentencia integrado con los jueces Fabián Weisensee, Laura Ocampo y Cándida Fleitas, pospuso hasta el martes 13 de febrero, a las 10:30, el inicio del segundo juicio oral y público que deben enfrentar los acusados por supuestamente torturar a agentes policiales. También llamó la atención, en el frustrado inicio de juicio oral que el exministro del Interior Walter Bower se haya presentado con los exfiscales René Fernández (de la Unidad Anticorrupción) y Gilvi Quiñónez, como sus abogados defensores.
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El tribunal de sentencia igualmente afirmó que sancionará a la abogada María Isabel Candia de Hermosilla, defensora del Crio (SR) Merardo Palacios, por no haber justificado su inasistencia en lo que debió ser el inicio del juicio oral, fijado para este jueves 8 de febrero, a las 7:30, en el Palacio de Justicia de la capital.
El tribunal colegiado asimismo intimó al acusado Palacios para que designe nuevo abogado.
La agente fiscal interviniente para el juicio oral es Sonia Sanguinés, de la Unidad N° 2 Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos.
La causa penal está identificada como “Basilio Pavón, Merardo Palacios, Osvaldo Vera y Walter Bower s/ lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas”. N° 2606, Año 2000.
Bower y policías procesados por tortura, absueltos en juicio oral
En un primer juicio oral y público los procesados Walter Bower Montalto, Merardo Palacios Melgarejo y Osvaldo Javier Vera Espínola fueron favorecidos con la absolución en el caso de supuesta tortura previsto en el art. 309 del Código Penal.
“Este Tribunal de Sentencia no contó con pruebas científicas que nos otorguen el grado de certeza de que estas personas hayan sido apremiadas de manera física”, indicó en parte de los argumentos por la absolución el juez Carlos Hermosilla, y agregó que en cuanto a testimonios recibieron “versiones antagónicas, contrapuestas de lo que habría ocurrido”.
El juez Víctor Medina también se sumó a esta postura, indicando que ante las dudas sobre las acusaciones, optó por la absolución.
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La magistrada Rossana Maldonado (votó en disidencia), por la condena. Consideró que se ha demostrado la tortura, basándose en los testimonios y sobre todo en el estudio victimológico que constató “daños comunes en las víctimas y los daños particulares”, frutos de la presunta tortura.
El fiscal Santiago González Bibolini solicitó en aquel juicio oral la condena de Bower y de los excomisarios por ser los responsables de los apremios físicos por los que fueron afectados las víctimas que promovieron la querella.
Posteriormente, la Cámara de Apelaciones Tercera Sala, por Acuerdo y Sentencia Nº 22 del 27 de abril de 2021, anuló la Sentencia Definitiva Nº 1 del 30 de diciembre de 2019, emanada del tribunal de mérito, y reenvió la causa para un nuevo juicio oral y público.
Antecedentes del proceso a Walter Bower
Para el Ministerio Público se demostró que varios uniformados sufrieron apremios físicos, entre ellos Jorge Luis López, en sede de la comisaría 11ª Metropolitana, y Alfredo Cáceres en la Marina, el 19 y el 21 de mayo del año 2000, respectivamente. Las víctimas refirieron que Bower presenció la manera en que fueron torturados porque supuestamente se sublevaron contra el gobierno de Luis González Macchi.
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Según las denuncias, los comisarios Osvaldo Vera y Merardo Palacios fueron los encargados de torturar a los uniformados; mientras que el ya fallecido comisario Basilio Pavón –en ese entonces jefe de la comisaría 11ª Metropolitana– fue el encargado de realizar las preguntas y ordenaba las torturas a los supuestos responsables. De esta situación estaba al tanto el entonces ministro del Interior Walter Bower.
Condenan al Estado paraguayo por la mora judicial
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través del Sentencia del 17 de mayo de 2023, hizo lugar a la demanda promovida por el oficialinspector de Policía Jorge López Sosa contra el Estado paraguayo, que debe pagar en un plazo de 1 año US$ 50.000 de indemnización por daño material e inmaterial a favor de la víctima de tortura.
De igual manera, la Corte dispuso el pago de otros US$ 10.000 por costas y gastos del juicio.
La condena es porque la justicia paraguaya no se expidió en plazo razonable.
La Corte Interamericana en el momento de dictar su fallo por medio de la Sentencia del 17 de mayo de 2023 en el caso de lesión corporal en el ejercicio de funciones públicas y tortura la causa ya llevaba 23 años de la supuesta perpetración del hecho de lesa humanidad.