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El llamado del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) aparece como LPN N° 84/2023 “Servicio tercerizado de imágenes para el MSPyBS, sede ciudad de San Lorenzo”. Está identificado con el ID 432270 en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
Según los datos de la convocatoria, el contrato será por un monto mínimo de G. 180.000 millones y un máximo de 360.000 millones de guaraníes, más de US$ 49 millones a la cotización vigente. El plazo de vigencia será desde la firma (este año) hasta el 31 de diciembre de 2029, es decir, unos cinco años.
El local para el funcionamiento del centro de imágenes deberá construir la empresa adjudicada en el Hospital General de San Lorenzo, más conocido como Calle’i. La licitación ya incluye dicha obra.
Con relación a los plazos, está previsto para el 29 de enero próximo el inicio de presentación de las ofertas, mientras que el 30 de enero comenzará la etapa competitiva. El 31 de enero venidero se hará la entrega y apertura de las propuestas en forma física.
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La convocatoria se publicó el 23 de diciembre de 2023, de acuerdo a los datos.
En cuanto a los estudios que serán tercerizados están: tomografía axial computarizada, tomografía axial computarizada con contraste, mamografía; ecografía, ecocardiografía transtorácica para pacientes adultos, radiografía simple, electrocardiograma con informe, densitometría ósea; holter de arritmias, monitoreo ambulatorio de la presión arterial (MAPA), resonancia magnética simple por región, resonancia magnética contrastada por región y resonancia magnética contrastada especializada.
Cuatro versiones de PBC del Ministerio de Salud
Los registros de la DNCP igualmente detallan que este llamado a licitación tiene cuatro versiones de Pliego de Bases y Condiciones (PBC). El primero del 23 de diciembre de 2023, el segundo del 27 de diciembre del año pasado, el tercero del 28 de diciembre de 2023 y el cuarto del 18 de enero último.
Los cambios más significativos entre los pliegos son con respecto a la experiencia requerida por las empresas o consorcios interesados en participar. Inicialmente, estaba establecido que los oferentes debían demostrar su experiencia en la prestación del servicio por imágenes, en instituciones públicas o privadas, por un monto superior al 25% del monto máximo de la licitación, en otras palabras, G. 90.000 millones.
Dicho porcentaje se obtendrá de la sumatoria de experiencia de los 3 últimos años (2020-2021 y 2022), incluyendo lo ya ejecutado hasta el momento del inicio de la etapa competitiva, señala la convocatoria.
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Este porcentaje luego se amplió al 60% (G. 216.000 millones) y se consignó que la sumatoria debía ser de los últimos cuatro años (2020, 2021, 2022 y 2023).
En el tercer pliego la experiencia requerida en monto de porcentaje y que quedó vigente se bajó al 50%, es decir, 180.000 millones de guaraníes, que se debe obtener de la suma de los años 2020, 2021, 2022 y 2023.
Capacidad técnica requerida
La convocatoria establece en cuanto a la capacidad técnica que las empresas o consorcios al momento de presentar sus ofertas deben ser propietarias de al menos 4 tomógrafos (donde al menos uno reconstruya imágenes a 128 cortes), 3 resonadores magnéticos nucleares (donde al menos 1 sea de 3 teslas), 7 ecógrafos, 3 equipos de rayos X digitales directos, 1 mamógrafo digital. “Los mismos no deben tener más de 7 años de fabricación y deben contar con contrato de mantenimiento preventivo y correctivo VIGENTE con el representante oficial de la marca del equipo” (sic), señala el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Lo llamativo es que en las especificaciones técnicas de los equipos a ser instalados, específicamente al resonador magnético dice que deberá ser solo de 1,5 tesla.
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El PBC indica que deben instalarse en el centro de diagnóstico 1 resonador magnético, 5 ecógrafos, 3 ecocardiógrafos, 2 rayos X digital, 4 electrocardiógrafos, 2 tomógrafos, 2 mamógrafos, 10 holter, 10 MAPA y 2 densitómetros.
Otra cuestión curiosa es que pese a que la licitación del Ministerio de Salud es tercerización de servicios y no adquisición de equipos se exige a los oferentes " la autorización del fabricante o del representante en el Paraguay de los equipos a ser utilizados para el servicio” (sic).