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El abogado Diosnel Pereira efectuó una denuncia pública en representación de una organización de vecinos identificada como “Foro ciudadano”. Indicó que mediante resoluciones número 05 y 06 del 2 de enero último la Comisión Permanente de la Junta Municipal resolvió la entrega en carácter de donación fracciones de terreno de dominio privado municipal para sede de dos instituciones del Estado: la fiscalía zonal de Coronel Bogado, y un local para el Registro Electoral.
La iniciativa es violatoria de una ley, la número 4.947/2013, que modifica el artículo 137 de la Ley 3.966/2010 Orgánica Municipal, y establece condiciones para la trasferencia a título gratuito de estos bienes municipales, entre ellas, que el destino sea para instituciones públicas de salud o educación, y contar con aprobación del Congreso Nacional a través de una ley, sostiene el denunciante.
“No hubo tal irregularidad en ningún sentido, pero las denuncias se pueden hacer muchas veces con sentido o sin sentido, queda a cargo del que las quiera plantear”, dijo el concejal municipal de Coronel Bogado, Ramón Falcón (PPQ).
Añadió que de ninguna manera la actuación es ilegal, pues entre las funciones del cuerpo colegiado están aprobar la enajenación de bienes del dominio privado municipal, según establece el artículo 36 de la Ley Orgánica Municipal. En este caso, llegó un pedido de la Intendencia y la Junta autorizó el inicio de los trámites para la donación, puntualizó.
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Respecto de la Ley 4.947/2013 modificatoria del artículo 137 de la Ley Orgánica Municipal y el cuestionamiento planteado por el denunciante Pereira, el edil señaló que la normativa introduce la posibilidad de la mensura administrativa cuando se trata de bienes municipales, pero en lo que se refiere a las donaciones el artículo aparece inalterable. Dice que la Junta “podrá” solicitar al Congreso la autorización, y no que “deberá” solicitar esa autorización, apuntó. Todo lo actuado se ajusta plenamente a derecho, enfatizó el concejal.
Denuncia ante el Ministerio Público, el lunes
El impulsor de la denuncia de presunta ilegalidad de actuación de la Junta Municipal, el abogado Diosnel Pereira, insistió en que la Comisión Permanente actuó al margen de la ley y que denunciarán este hecho ante la justicia ordinaria.
El presidente de la Comisión Permanente cita el artículo 36 de la Ley Orgánica Municipal. Y es cierto, es atribución de la Junta Municipal no de la Comisión Permanente, dijo el abogado.
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Asimismo, mencionó que el artículo 137 de la Ley Orgánica Municipal, en su segunda parte, ordena taxativamente que se transferirá a título gratuito un bien de dominio privado municipal “siempre y cuando sea para destinarlo a instituciones públicas de salud o educación”. En este caso debería vender esos inmuebles a dichas entidades. Caso contrario incurre en despojo de un bien comunal. explicó.
El denunciante afirmó además que la Comisión Permanente se extralimitó en sus funciones, actuó fuera del plazo de funcionamiento que le marca ley, del uno al 20 de enero taxativamente, pues ya el 26 de diciembre, antes de entrar en funciones, toma determinaciones que resultan de nulidad absoluta.