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El procurador general de la República, Marco Aurelio González, manifestó que es inconstitucional el primer fallo de la Corte Suprema de Justicia en cuanto al predio del Regimiento Escolta Presidencial.
El mencionado fallo indica que el inmueble ocupado por el Regimiento Escolta Presidencial debe ser desocupado y que el Estado debe pagar G. 2.016 millones por un supuesto “lucro cesante”.
La demanda fue revertida a favor del ex senador oviedista Víctor Galeano Perrone, quien se presentó como propietario del inmueble.
“Si alguien no puede adquirir un bien público, del Estado, por estar ocupando el inmueble por más de 20 años, no es justo que el Estado pueda adquirir los bienes de los particulares por la ocupación de más de 20 años. Este es el argumento del Tribunal”, especificó González.
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También explicó que el argumento de la Procuraduría es declarar la inconstitucionalidad del Código Civil.
Finalmente, comentó que se espera una pronta respuesta, pero que en enero -con la feria judicial- lo ve difícil.