Friedmann es denunciado ante Fiscalía por evadir aportes a la seguridad social de un trabajador

Un trabajador despedido denunció ante el Ministerio Público al empresario y exgobernador de Guairá, Rodolfo Max Friedmann Cresta (68), por evadir el pago de aportes al IPS, por más de 13 años. El exempleado incluso tuvo que pedir ayuda en las redes sociales para conseguir una cama de terapia para su hijo recién nacido porque no tenía seguro médico.

El empresario azucarero y exgobernador de Guairá, Rodolfo Max Friedmann Cresta, exhibe las esposas que le pusieron los agentes policiales españoles, tras su arresto.
El empresario azucarero y exgobernador de Guairá, Rodolfo Max Friedmann Cresta.Archivo, ABC Color

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Ramón Olmedo Báez, paraguayo, soltero, mayor edad, domiciliado en la ciudad de Villarrica, presentó denuncia penal el 28 de diciembre de 2023 contra Rodolfo Max Friedmann Cresta, por haber evadido el pago de aportes de la seguridad social, por más de 13 años. El exempleado trabajó como guardia de seguridad, según la denuncia penal. La evasión de aportes al IPS prevé prisión de hasta 10 años, en los casos especialmente graves.

La denuncia por evasión del seguro social obligatorio recayó ante el fiscal Abog. Martín Escalada, de la Unidad Penal N° 6 de Villarrica.

Relación del hecho denunciado

En su denuncia ante la Fiscalía, el extrabajador Ramón Olmedo Báez, refiere que ingresó a trabajar para Rodolfo Friedmann Cresta el 10 de enero de 2010, y el demandado no abonó los aportes por la seguridad social desde el inicio de la relación laboral, realizando una simulación.

Según el informe emitido por el Ministerio de Trabajo, donde consta que Olmedo Báez estuvo trabajando bajo dependencia de Friedmann Cresta y para el efecto había simulado un despido. Para el efecto, previamente, por medio de un colacionado, le exiió a su entonces empleado que desista de un supuesto abandono de trabajo, pero en realidad el afectado refiere que seguía trabajando bajo dependencia del mismo.

También se lee en la denuncia penal que Olmedo Báez cumplía funciones como custodio en su domicilio, asimismo manifestó de que fue inscripto en el Instituto de Previsión Social (IPS) como dependiente de la firma Azucarera Friedmann, que percibía un salario de G. 2.200.000, cumplía un horario de 20:00 a 06:00, y que posteriormente fue despedido el 6 de junio de 2023.

El denunciante Ramón Olmedo Báez, refiere que con las pruebas que serán presentadas en el proceso penal, se demostrará que el denunciado Rodolfo Max Friedmann Cresta, ha cometido el hecho punible de Evasión a la Seguridad Social, pues como empleador tiene la condición de agente retentor del aporte a la seguridad social y tiene la obligación de abonar el 25.5% en este concepto, al IPS.

La Ley Nº 5655/2016, que tipifica la evasión de aportes

La mencionada normativa es la “Que completa, amplía y modifica disposiciones del régimen legal del seguro social obligatorio del IPS”.

Sobre el particular corresponde señalar que la norma legal en cuestión introduce algunos cambios significativos en el régimen punitivo, en específico con relación a la graduación de las infracciones y a las sanciones aplicables a los empleadores que incurran en incumplimiento o transgresiones a las disposiciones del Seguro Social, tipificando inclusive como “hecho punible” la Evasión de Aportes por lo que se debe tener especial cuidado al momento de liquidar los salarios devengados e ingresar los aportes a la previsional.

La mencionada ley dispone:

Infracciones penales. Ampliase el artículo 261 del Código Penal, incorporando como tipo penal la “Evasión de Aportes a la Seguridad Social”.

Se entenderá como “Evasión de Aportes a la Seguridad Social” todo caso en el cual exista un déficit entre el aporte debido y el aporte liquidado parcial o totalmente. Esto se aplicará aun cuando el aporte haya sido determinado bajo condición de una revisión o cuando una declaración sobre el aporte equivalga a una determinación del aporte bajo condición de una revisión.

Esta infracción queda configurada cuando:

1. El que, como Empleador, luego de haber descontado del salario el monto correspondiente al aporte debido por el trabajador para la seguridad social (no ingresara/entregara) (omitiera ingresar/entregar) a la entidad recaudadora dicho monto, será castigado con pena privativa de la libertad de 1 (uno) hasta 5 (cinco) años o con multa.

2. En los casos especialmente graves, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta 10 (diez) años.

Demanda laboral

El denunciante penal tiene una demanda contra el exgobernador de Guairá y el juicio está caratulado “Ramón Olmedo Báez c/ Rodolfo Max Friedmann Cresta s/ reconocimiento de antigüedad y otros derechos”, Año 2023, que se tramita ante el Abog. Oscar Alfredo Ortega Varela, juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno, de Villarrica.

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