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El Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, integrado por los magistrados Rosalinda Guens, Javier De Jesús Esquivel y Antonio Álvarez dispuso la nulidad de la resolución N° 517 dictada por el juez Guillermo Ortega Brítez en un proceso por “coacción” y que fue impugnada por la defensa técnica.
La madre de la menor de 15 años edad, denunció que su hija fue víctima de “abuso sexual” por su tío de 54 años de edad, quien es funcionario de la Municipalidad de Yaguarón. Sin embargo, los representantes del Ministerio Público de Paraguarí caratularon el hecho como “coacción” y ni siquiera lo imputaron y le premiaron con suspensión provisional de la causa y la obligación de donar una heladera Cónsul de 300 litros a la Comisaría de Ybycuí en concepto de reparación del daño causado.
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Esta disposición judicial fue apelada por la defensa técnica de la víctima. Con la disposición de anulación, el expediente del caso vuelve al Juzgado de origen donde el magistrado por ética debe apartarse del caso, manifestó el abogado de la víctima Víctor Martínez.
Dijo que también ya habían solicitado cambio de carátula de coacción a abuso sexual en niños y la imputación del denunciado que es funcionario de la Municipalidad de Yaguarón.
El abogado explicó que la familia de la víctima no llegó en ningún momento a un acuerdo con el supuesto autor, como señaló el juez Ortega Brítez en su explicación de “análisis del Juzgado”, que supuestamente derivó en la disposición del juez Ortega de que el procesado entregue una heladera a la sede policial de este distrito para reparación del daño.
La familia espera que el expediente sea tratado por jueces competentes de la zona y que el fiscal impute al denunciado por “abuso sexual en niños”.