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En una sesión extraordinaria llevada a cabo en Coronel Oviedo, Caaguazú, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), al rechazar el recurso de reposición contra la resolución que dispuso la apertura de la causa a prueba y limitó a 10 la cantidad de testigos ofrecidos por la jueza Claudia Mosqueira y al mismo tiempo se rechazó el incidente de prejudicialidad, sostuvo que los planteamientos son meramente dilatorios. El caso prescribiría en menos de dos meses.
La causa N° 98/2022 caratulada: “Abog. Claudia Mosqueira, Jueza Penal de Garantías de la ciudad de Villarrica, Circunscripción Judicial del Guairá s/ Enjuiciamiento”.
La publicación periodística por la cual se reveló la irregularidad estaba titulada: “Jueza Penal de Garantías de Guairá no asistió a su Juzgado 43 días en cinco meses”.
Fundamento del JEM para rechazar el recurso de reposición
El ministro de la Corte Suprema Manuel Dejesús Ramírez Candia, quien se constituyó en primer opinante, explicó que el recurso de reposición que promovió la jueza Claudia Jessica Mosqueira, es contra la resolución del Jurado que dispuso la apertura de la causa a prueba y por haber limitado a 10 los testigos que ofreció, de los 24 que había propuesto. Agregó la magistrada que esta limitación afectaba su derecho a la defensa.
Sin embargo, Ramírez Candia argumentó que el recurso de reposición debía ser rechazado porque la decisión del Jurado se ajusta plenamente a lo que dispone el Art. 318 del Código Procesal Civil (CPC), aplicable a los trámites de enjuiciamiento. El mencionado artículo limita a 10 la cantidad de testigos que pueden ser ofrecidos, pero en caso que se desee aumentar este número debe ser debidamente justificado, situación que no ocurrió, indicó.
La audiencia para escuchar a los 10 testigos de la jueza Mosqueira, fue fijada para el 9 de noviembre a las 10.00, que se hará en una sesión extraordinaria, según dispuso el presidente del JEM diputado Orlando Gabriel Arévalo.
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Incidente de prejudicialidad, de doble juzgamiento
Por su parte el miembro Alfredo Enrique Kronawetter explicó que la jueza Claudia Mosqueira, en su planteamiento del 19 de octubre de 2023 promovió el incidente de prejudicialidad. Alegó la jueza que existen hechos que se encuentran en el Consejo de Superintendencia de Justicia de la Corte Suprema, que gira en torno a una investigación de comprobación o no de la denuncia de ausencia injustificada de su despacho.
Esta situación en la Corte guarda similitud con los hechos de enjuiciamiento en el Jurado, por lo que podría acontecer un doble juzgamiento, violando el Art. 17 de la Constitución Nacional, justificó la magistrada.
Sin embargo, Kronawetter sostiene que la aplicación de la prejudicialidad que se invoca está prevista en el Código Procesal Penal (CPC) en el artículo 327, por lo que este incidente es inviable porque no se está ante un procesamiento penal, sino de un juicio sobre responsabilidad funcional en el Jurado.
Kronawetter agrega que el enjuiciamiento ante el Jurado es un procedimiento disciplinario que se rige por su propia ley, y que solamente ante la ausencia de una disposición específica, se recurre de forma supletoria a otras normas.
La ley del JEM asimismo dispone que no se pueden plantear excepciones o incidentes como de previo y especial pronunciamiento, salvo las recusaciones, indicó el miembro.
El rechazo del recurso de reposición como el incidente de prejudicialidad, fueron dispuestos de forma unánime por los miembros que participaron de sesión extraordinaria,
Participaron de la sesión su presidente Orlando Arévalo, el senador Mario Varela, los ministros de la Corte Manuel Ramírez Candia y César Garay Zuccolillo, y los abogados Óscar Paciello y Alfredo Enrique Kronawetter.
Estuvieron ausentes los miembros senador Derlis Maidana y el diputado Alejandro Aguilera.
Jurado escuchará versión de magistradas
Por decisión del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, se resolvió admitir el pedido que realizaron las magistradas Claudia Scappini, María Melissa Carlson y Lilian Raquel Espínola para ser oídas en una audiencia pública en la que rechazarán la publicación periodística en la que se les acusa de fomentar la impunidad, al otorgar “generosas” medidas alternativas a la prisión.
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Los miembros del JEM coincidieron que el pedido de audiencia previa a la decisión de abrir una investigación preliminar de oficio, no está prevista en la Ley 6814 que rige para el Jurado. Sin embargo, por el principio de amplitud de la defensa y considerando que igual situación se había realizado con el juez Gómez Rambado, resolvieron conceder la audiencia mencionada.
El punto tratado en el Jurado es sobre el análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 6814/21, en relación supuestas irregularidades conocidas a partir de la publicación periodística del 17 de setiembre de 2023, titulada “Jueces fomentan impunidad”, que fue puesta a conocimiento de los miembros en la sesión ordinaria del 19 de setiembre de 2023.