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La Resolución N° 671/2023 del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) indica que el periodo de veda pesquera 2023-2024 se inicia el 1 de noviembre y se extenderá hasta el 15 de diciembre del presente año para las aguas compartidas con Argentina. En aguas compartidas con el Brasil finalizará el 31 de enero de 2024.
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Desde el Mades señalan que la disposición rige para todo el territorio nacional en las modalidades de pesca deportiva y comercial, en lo que respecta a la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros.
Durante las fechas establecidas no se podrá pescar en las aguas compartidas entre ambos países, que comprenden los ríos Paraná, Paraguay y Pilcomayo.
Anuncian estrictos controles
El documento también señala que se realizarán estrictos controles en rutas, comercios, transportes y agua para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales. Asimismo, se prevén verificaciones y fiscalizaciones de alto nivel multidisciplinario.
También se establece que todos los acopiadores y casas comerciales, como pescaderías, supermercados, restaurantes y comedores, inscriptos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores que tengan en almacenamiento pescados extraídos en tiempo y forma antes del inicio de la veda, deberán presentar declaración jurada de almacenamiento en la Dirección de Pesca y Acuicultura o en las Oficinas Regionales del Mades.
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¿Hasta cuándo se puede vender pescado?
Los productos debidamente declarados en tiempo y forma serán comercializados en el plazo perentorio de doce días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar los productos almacenados.